El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ CV) ha anulado la sentencia que dictó en 2015 el Juzgado Contencioso-Administrativo de Elche, cuando el grupo de EU-Esquerra Republicana solicitó anular los contratos entre el Ayuntamiento de CrevillentCrevillent y Abornasa, la empresa que se hacía cargo del tratamiento y eliminación de residuos en el municipio a través de la planta que estaba ubicada en las inmediaciones del parque natural de El Hondo. El TSJ entiende que en aquel entonces el Ayuntamiento no tenía por qué saber que la empresa no iba a conseguir la licencia ambiental integrada para seguir con la actividad, ya que se pensaba que estaba en trámites para obtenerla. La Generalitat denegó la licencia después de que el juzgado de Elche anulase el contrato.

Esta revocación del contrato provocó que en 2015 la planta se cerrara. Tras revisarse la sentencia se estimó que volviera a abrirse la línea de material inerte, aunque la orgánica permanece clausurada porque hasta la fecha no ha conseguido la licencia ambiental integrada que debe dar el Consell.

La sentencia de 2015 dio pie a que el Ayuntamiento pusiera fin al contrato con la mercantil por considerar que la planta se situaba sobre suelo protegido. La segunda razón era que se habían agotado los plazos, con fecha límite hasta 2010, para que la mercantil obtuviera la autorización ambiental integrada.

En este sentido, el alcade de Crevillent, César Augusto Asencio, consideró ayer que «el Juzgado de Elche omitió el análisis de algún documento y le llevó al error de interpretar que el suelo donde está Abornasa está protegido». Según el alcalde, «la juez entendió que había caducado la posibilidad de pedir la adaptación a las exigencias medioambientales, pero hay una equivocación porque desde esa fecha la mercantil ha estado presentando informes».

En 2014 la Conselleria de Medio Ambiente advirtió incompatibilidades entre la existencia de plantas de residuos como la de Abornasa en las lindes con zonas protegidas, en este caso con el parque natural de El Hondo. De esta manera el mismo año se endureció la ley 11/1994 de Espacios Naturales Protegidos en la Comunidad Valenciana, que restringía el uso de ciertas actividades como el tratamiento de residuos, todo para favorecer la preservación del entorno.

De acuerdo a esta nueva normativa Abornasa no cumpliría los requisitos para ejercer su actividad, pero uno de los preceptos que marca la ley es que todas aquellas empresas constituidas antes de 2010 podrían seguir funcionando.

Es en este punto en el que la mercantil está inmersa judicialmente, ya que el Consell rechaza que la empresa hubiera presentado la documentación en el plazo indicado para acogerse al precepto anterior.

Como contrapunto, desde Abornasa siguen defendiendo que su permiso estaba en prórroga dentro de plazo y que no había caducado, por lo que siguen recurriendo en los juzgados.

Aunque la sentencia del TSJ se centra en la forma en que se llevó a cabo la tramitación del contrato, y no en el fondo medioambiental que motivó la denuncia de EU-Esquerra, César Asencio valoró ayer que la paralización de la planta de residuos orgánicos ha supuesto un incremento en el coste del servicio a razón de 100.000 euros anuales para el Ayuntamiento, al tener que llevar los residuos a la planta de Elche. El alcalde también lamentó el despido de 33 trabajadores tras el cierre de la línea de orgánico.

Por su parte, el edil de EU-Esquerra, Josep Candela, indicó ayer que para su grupo lo importante es que se consiguió demostrar que la zona, muy próxima a El Hondo, no es la apropiada para llevar a cabo una actividad de este tipo, y que Crevillent tenía que utilizar otra planta.