La sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha rechazado hoy paralizar cautelarmente la resolución de la Conselleria de Sanidad que obliga a cerrar al ocio nocturno y limita los horarios en la hostelería y la restauración, según han confirmado fuentes de la Asociación de Locales de Restauración y Ocio de Alicante (Alroa), promotores del recurso presentado. Así, la medida decretada por el Consell sigue en vigor.

Entre las consideraciones del TSJ para denegar las medidas provisionales, el tribunal subraya que el recurrente señala "la vulneración del principio de proporcionalidad, porque la situación de la Comunidad Valenciana no es uniforme, aporta la información extraída de la página del Centro Nacional de Epidemiología, que fija el número reproductivo instantáneo en 0,78 para Alicante a fecha 9 de agosto de 2020". Sin embargo, el tribunal añade que, previa comprobación, "se observa que dicha información, actualizada a fecha 16 de agosto de 2020, se fija en 0,93, por lo que la tendencia es al alza". El TSJ señala que en "Castellón la cifra es de 1,13 y en Valencia de 0,95, por lo que estamos ante situaciones ciertamente semejantes que impiden apreciar la quiebra del principio de proporcionalidad".

Al respecto, el tribunal señala que "debe desestimarse igualmente la alegación relativa a la vulneración de la doctrina de los actos propios, pues la situación va variando día a día de manera ciertamente preocupante, lo que determina que las autoridades competentes deban adoptar medidas en el ámbito de sus competencias atendiendo a dicha variación". Tampoco se vulnera el principio de igualdad, según el TSJ, "pues las cifras del contagio son similares en las tres provincias".

La asociación Alroa dirigió un escrito al TSJCV en busca de la suspensión cautelar de la resolución de la Conselleria de Sanidad que obliga desde este pasado martes al cierre de las discotecas y pubs y a adelantar a la 1 de la madrugada el cierre de los locales de hostelería y restauración. En el documento, Alroa defendía la necesidad de la suspensión cautelar, alegando que de "anularse la resolución recurrida, resultaría extremadamente difícil concretar los daños a efectos de solicitar una indemnización de la Administración por mal funcionamiento, por lo que resulta de vital importancia que se proceda a la apertura inmediata de los locales y a que se anulen las limitaciones en cuanto a las distancias y horario de cierre".

Según la asociación que agrupa a locales de ocio de Alicante, la ejecución de las medidas "produce unos daños de reparación difícil e incluso imposible, tanto es así que de prosperar el recurso y estimar la pretensión de nulidad de las medidas de esta parte, la situación jurídica de la mayoría de los locales no se vería afectada por la resolución judicial, ya que de no poder reabrir sus negocios por imposibilidad de subsistir, el acto impugnado habría sido agotado y terminados sus efectos, y por tanto, la resolución judicial se convertiría en una mera declaración de intenciones". Según Alroa, las medidas acordadas por el Consell, pactadas a nivel nacional entre las comunidades y el Ministerio de Sanidad, "no son necesarias, idóneas ni proporcionadas, ni pueden extenderse sin más a todo el territorio autonómico, porque la situación de la comunidad autónoma no es uniforme ni ahora ni en ningún momento de las últimas semanas".

Entre los principales cambios recogidos en el documento de la Conselleria de Sanidad publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) este pasado martes, se prohíbe la apertura del ocio nocturno. En concreto, se suspende la actividad de discotecas, pubs, salas de baile y karaokes durante al menos los próximos 21 días. Por otro lado, la normativa que entró en vigor este martes obliga a los locales de hostelería y restauración a cerrar no más tarde de la 1 de la madrugada (hasta ahora la mayoría podía abrir hasta las 2.30 horas en verano), aunque no pueden atender a nuevos clientes desde la medianoche. Además, los establecimientos deben aumentar la distancia social para internar evitar rebrotes, ya que a partir de ahora se tiene que mantener la distancia de 1,5 metros con las personas más próximas de las mesas del entorno, mientras que hasta la fecha la obligada separación era solo entre mesas. También, el aumento de las restricciones lleva a que la ocupación máxima sea de 10 personas por mesa o agrupación de mesas.