La nueva ordenanza municipal que regula los vehículos de movilidad personal (patinetes) entra hoy en vigor una vez ha sido publicado el edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante (B.O.P.)

La nueva norma que regula por vez primera en Alicante la circulación de los patinetes eléctricos obliga a los usuarios a llevar casco de forma obligatoria, no se podrá circular por las aceras y deben hacerlo a una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora por las calles de un carril y un sentido, las zona 30, ciclocalles, carriles bici, pistas bici y sendas ciclables en Alicante.

En agosto y septiembre se aplicará una moratoria para aplicar sanciones por los incumplimientos de la normativa municipal, y la Policía Local de Alicante hará una campaña informativa y parará a los usuarios para informarles de la puesta en marcha de obligado cumplimiento de las nuevas normas estipuladas en la circulación de los patinetes eléctricos en la ciudad, informa el gobierno tripartito.

El edil de Movilidad, José Ramón González, ha señalado que la normativa "es necesaria y la demandaban todos los ciudadanos, con ella logramos regular la circulación de los patinetes eléctricos de forma segura y limitando su velocidad".

Novedades de la ordenanza

Entre las novedades que establece esta ordenanza se estipula la obligación para circular con los patinetes de portar timbre, luces delanteras y traseras, elementos reflectantes debidamente homologados, y el seguro de responsabilidad civil es recomendable, y solamente pueden estar equipados con un asiento o sillín los vehículos de movilidad personal si están dotados de sistema de autoequilibrado.

González está convencido de que "los usuarios de los patinetes eléctricos se van a acostumbrar rápido a circular por las calzadas, con casco y respetando las aceras", al tiempo que ha recordado que "van a tener dos meses para conocer la nueva normativa que entra en vigor desde hoy".

Sanciones

La normativa municipal consta de siete capítulos, desarrollados en dieciocho artículos, una disposición adicional y una disposición final, además de dos anexos. El último capítulo regula las sanciones que se dividen en infracciones de carácter leves, con multas de hasta 100 euros; graves, que podrán sancionarse con multas de 101 a 200 euros, y las muy graves con multas de 201 a 500 euros.

Tipos

La nueva norma divide los vehículos en dos tipos, en función de sus características técnicas, en primer lugar los de tipo A, que son vehículos autoequilibrados, mono-ciclos, plataforma, y patinetes eléctricos ligeros, de menor tamaño, y están equipados con un motor eléctrico y su capacidad máxima de transporte es de una plaza, y disponen de sistema de frenado.

Asimismo los de tipo B son vehículos autoequilibrados y patinetes eléctricos de mayor tamaño. Están equipados con un motor eléctrico y su capacidad máxima de transporte es de una plaza, y también dispondrán de sistema de frenado.

González recalca la importancia de la entrada en vigor de la nueva ordenanza con la que también se logra "facilitar la Ciudad 30 y garantizar una movilidad sostenible de la ciudadanía alternativa al vehículo de forma adaptada y más segura con los vehículos de movilidad personal haciéndola compatible con los diferentes usos de la vía pública".