El estado de alarma decratado para frenar la expansión del coronavirus no suspende el intercambio de los menores entre las parejas separadas con custodia compartida, pero sí los regímenes de visitas. Así lo han acordado los tres juzgados de Familia de Alicante en una junta celebrada este lunes entre los tres magistrados y en un acuerdo al que se han adherido los juzgados de Violencia sobre la Mujer, según confirmó este diario en fuentes del Palacio de Justicia.

Los conflictos en familias separadas a cuenta de las visitas a los menores durante la aplicación del estado de alarma están generando muchas incertidumbres y dudas entre los padres, ya que existen resoluciones contradictorias en los juzgados españoles. En Elche, los magistrados ya habían optado por mantener el cumplimiento de las resoluciones judiciales, mientras que en los juzgados de Familia de Alicante aún no se habían pronunciado y estaban a la espera de lo que se dijera desde el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). El órgano de gobierno de la judicatura dejó el viernes en manos de cada juzgado cualquier decisión sobre la situación de la custodia.

Los magistrados entienden que el traslado de menores para el cumplimiento del régimen de visitas supone un claro riesgo para la salud «pues multiplican las posibilidades de que los mismos sean contagiados o contagien a terceras personas, máxime teniendo en cuenta que generan desplazamientos reiterados en el tiempo para el desarrollo de estancias cortas». Los jueces entienden que el estado de alarma suspende las visitas de estos menores tanto de los padres como de los abuelos.

En cambio, no se considera que el estado de alarma suspenda el régimen de custodia compartida. Los magistrados explican que esta situación genera «desplazamientos menos reiterados en el tiempo (...) desarrollándose estancias largas», que pueden ser de una semana a un mes. Estos traslados, entienden los jueces, que están previstos como excepción al confinamiento «pues se trata del retorno al lugar de residencia habitual».

Los magistrados dejan la puerta abierta a la posibilidad de que los progenitores de común acuerdo decidan que el menor permanezca en la casa de uno de ellos, cuando transcurran «circunstancias de riesgo» o en «aras a reducir el número de desplazamientos de sus hijos».

El acuerdo de la junta de jueces recuerda que los puntos de encuentro familiar, lugar donde se entregan los menores de parejas que han tenido un proceso de separación conflictivo, se encuentran suspendidos. Los magistrados han dado a conocer cuáles son sus criterios, ya que las denuncias por incunplimientos del régimen de visitas están paralizadas y tratar de evitar que en un momento excepcional como el actual «se colapsen los juzgados con peticiones banales que puedan ser solucionadas en el ámbito familiar».

De todas maneras, se insta a garantizar el derecho de comunicación de los menores con el progenitor con el que no estén conviviendo, bien por teléfono o bien por vía telemática y recomiendan «pactar un incremento de la comunicación».

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