n El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha rechazado otra de las supuestas causas de nulidad esgrimidas por la Fiscalía y la acusación particular: la omisión del trámite de audiencia a las partes sin presencia del jurado antes de devolver el veredicto para que pudieran solicitar las inclusiones y exclusiones que consideraran oportunos. La sala sentencia que «se quiera no se quiera, sí que hubo audiencia a las partes» y niega que se les generara indefensión, al margen de que dicha vista se celebrara al mismo tiempo que la devolución. En este sentido, considera «un formalismo excesivo» la nulidad del juicio sólo por la ausencia de ese trámite. De hecho, subraya que las partes hasta tuvieron ocasión de protestar cuando la juez indicó al jurado que debían fundamentar los contraindicios «Se les oyó lo que quisieron plantear y simplemente no se aceptó su discrepancia, poniéndola fin», señala el fallo, que añade que las acusaciones no pusieron reparo alguno al resto del desarrollo de ese trámite.