Del Real Decreto que aprobará el Consejo de Ministros extraordinario de este sábado ya se conoce un borrador en el que se declara el estado de alarma en toda España para afrontar la crisis de coronavirus. La principal medida de toda la batería que ha adoptado el Gobierno es la prohibición de cualquier desplazamiento en todo el territorio nacional que no sea de primera necesidad.

Las excepciones a esta limitación del movimiento son: acudir a comprar alimentos, productos farmacéuticos o de primera necesidad; a centros sanitarios; a trabajar; regresar a la residencia habitual; desplazarse al cuidado de mayores o personas dependientes; a entidades financieras o por causa de "fuerza mayor".

La medida centraliza en el Ejecutivo todas las competencias y los ministerios de Defensa, Interior, Transportes y Movilidad y Sanidad son desde ahora las autoridades delegadas. En el caso de Interior, asumirá las competencias de todas las policías autonómicas y podrá ordenar "el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salid pública.

También prevé y amplía actuaciones que desde días atrás vienen aplicando algunas autonomías. Además del cierre de bares y restaurantes, ordena la suspensión de toda actividad comercial en locales de exhibiciones, circos, discotecas, salas de fiesta u "otros locales o instalaciones asimilables a los mencionados".

En cuanto a los culturales y artísticos, clausura también auditorios, cines, teatros, plazas y recintos taurinos, pabellones de congresos, salas de conciertos, de conferencias, de exposiciones y multiusos. Todos los relacionados con la actividad deportiva en recintos cerrados también serán clausurados "hasta nueva orden". Al aire libre, se cancelan carreras pedestres, pruebas ciclistas y de motor y exhibiciones náuticas y aeronáuticas.

Anuncio en carretera con motivo de la crisis sanitaria

El decreto habilita asimismo a Sanidad para "asegurar el abastecimiento del mercado y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción afectados por el desabastecimiento de productos necesarios para la protección de la salud pública", intervenir industrias y ocupar fábricas o similares de titularidad privada así como practicar requisas temporales o imponer prestaciones personales obligatorias para "proteger la salud pública".

La medida también a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y al Ejército a controlar y garantizar dicho suministro alimentario, así como a vigilar posibles corredores sanitarios que necesiten abastecimiento. Garantiza por otro lado el suministro de energía y de los derivados del petróleo y gas natural.

De forma similar a Italia, no se clausura el transporte público pero se limita su frecuencia entre ciudades para frenar el movimiento: "Los operadores de transporte reducirán la oferta total de operaciones en, al menos, un 50% (opción: 40%-60%, teniendo en cuenta que con la reducción del número de billetes que puede venderse por vehículo, la movilidad total se va a ver muy reducida).

Los servicios de transporte público de viajeros por carretera, ferroviarios, aéreo y marítimo de competencia estatal que están sometidos a contrato público u obligaciones de servicio público reducirán su oferta total de operaciones en al menos, los siguientes porcentajes:

  • Servicios ferroviarios de cercanías: 50% (opción 40-60%).
  • Servicios ferroviarios de media distancia: 50% (opción 40-60%)
  • Servicios ferroviarios media distancia-AVANT: 50% (opción 40-60%)
  • Servicios regulares de transporte de viajeros por carretera: 50% (opción 40-60%)"