A pesar de que el acoso escolar sigue creciendo cada año, no existe ningún delito específico para la persecución penal de estas conductas. Los jueces de Alicante están condenando las situaciones de acoso como delitos contra la integridad moral, aunque ocasionalmente también pueden darse acusaciones por lesiones, cuando se llega a la agresión física, o por el quebrantamiento de la orden de alejamiento que impedía al acosador entrar en contacto con su víctima.

«No todas la situaciones de acoso tienen que ser necesariamente un delito», explicaron a este diario fuentes del Palacio de Justicia y «considerar un insulto como un delito contra la integridad moral, que es el mismo que se usa para perseguir la torturas policiales, puede parecer algo forzado, por lo que esta tipificación no contempla otras conductas de los acosadores». Buena parte de esta problemática los jueces la achacan a la despenalización de las faltas de vejaciones injustas y las injurias tras la reforma del Código Penal de 2015, una situación que dificulta todavía más la persecución de estos delitos. Sobre todo, cuando muchos de estos casos consisten en burlas e insultos hacia el acosado.

Otras fuentes judiciales admitieron que existe una regulación insuficiente del delito de acoso, en el que se pone el énfasis en que «se menoscabe gravemente» la integridad moral de la víctima. «Con esta coletilla, si el menoscabo no es grave, entonces no hay delito y hay que absolver», explicaron estas fuentes. Por este motivo, consideraron que era preferible definir en qué consiste el acoso y no dejar que todo descanse en la capacidad de aguante de una víctima ante una determinada situación. En este sentido explicaron que la regulación del acoso está más orientada a perseguir a esos hombres que atosigan a sus exparejas o a otras mujeres. «No es lo mismo el acoso a una mujer, que el laboral o el cometido entre menores en un centro escolar», explicaron y abogaron por una regulación específica para estos delitos.

Fuentes de la Fiscalía incidieron en que, salvo en caso muy graves, no se suele pedir el internamiento en un centro en régimen cerrado para los acosadores. Una medida extrema que se reserva para casos de agresiones muy graves o bien en aquellos en que el acosador persiste en su conducta hacia la víctima. Por este motivo, la mayoría de los asuntos se ventilan con una orden de alejamiento que impida al denunciado acercarse al perjudicado.

Medidas de los centros

Las fuentes judiciales consultadas por este diario admitieron las dificultades de hacer cumplir estas medidas cuando agresor y víctima siguen yendo al mismo centro escolar. «Cuando los hechos se están investigando hay presunción de inocencia. No se puede expulsar del colegio al acosador», explicaron. Por este motivo, suele ser el instituto quien se encarga de aplicar la medida y controlar que éste no tiene ningún tipo de contacto con la víctima. «En otros casos de acoso, se ha previsto que cada uno accediera al centro por puertas diferentes y si compartían grupo o clase, se les ha separado», explicaron estas fuentes. «Aunque en los últimos se han redoblado todos los esfuerzos para evitar nuevos episodios, hay situaciones de las que el centro escolar no va a poder enterarse nunca», admitieron.

Fuera del centro escolar, es a las Fuerzas de Seguridad a quienes le corresponde controlar el cumplimiento de estas medidas y tampoco hay una norma rígida sobre la distancia. «Hay ocasiones en que los dos residen en la misma calle y tampoco se le puede imponer un cambio de domicilio. Los dos son menores que conviven con sus padres», apostillaron estas fuentes.

En el Palacio de Justicia de Benalúa, se detectó que hasta hace unos años los casos de acoso escolar parecía estar remitiendo con motivo de la aplicación por parte de la Conselleria de Educación de programas específicos contra el bullying, pero desde los últimos tres años parece que esta tendencia se ha roto. En las próximas semanas, la Fiscalía cerrará la estadística sobre los hechos delictivos registrados el año pasado, momento en el que se comprobará si efectivamente se ha producido un incremento.