Los profesores podrán seguir impartiendo las clases en inglés desde el curso que viene con un nivel B2, correspondiente al First Certificate, y seguir con este requisito hasta dentro de otros siete cursos.

La Ley de Plurilingüismo aprobada por el Consell exige al profesorado un C1 de inglés para impartir las asignaturas en el nivel de Shakespeare y en los institutos entraría en vigor a partir del curso que viene, pero aunque el requisito legal sea el referido nivel C1 en inglés, transitoriamente no se exigirá al profesorado que certifique ese dominio hasta el curso escolar 2027-2028, como confirmaron ayer desde la Conselleria de Educación.

De esta forma, los opositores que opten a las próximas plazas de empleo público ofertadas para los exámenes que arrancan el 18 de junio, bastará con que certifiquen el nivel B2 que faculta en términos generales una suficiente fluidez lingüística para comunicarse con los nativos de esa lengua o, lo que es lo mismo, de una forma eficiente como para desenvolverse en cualquier situación cotidiana.

Llegar al escalón inmediatamente superior en cuestión de lenguas, como es el nivel C1de inglés, implica según contempla la orden publicada ayer por Educación «un dominio lingüístico operativo eficaz, caracterizado por un buen acceso a un repertorio lingüístico amplio, que permite una comunicación fluida y espontánea».

También lleva a aparejado un nivel C1 en lenguas, que el profesorado que lo obtiene «podría considerarse que posee un nivel profesional en la lengua de que se trate», como suscribe el propio conseller en la orden 3/2020 de 6 de febrero que se hace pública para establecer la competencia lingüística exigible al profesorado de acuerdo con el nivel europeo.

La moratoria acordada por los responsables de Educación con los representantes docentes sindicales, y publicada en una transitoria de la Ley de Plurilingüismo en su artículo 25, en lo que se refiere al dominio exigible de inglés hasta el año 2026, se sobreentiende también en la orden publicada ayer sobre las competencias lingüísticas en otra «disposición final». Es la que autoriza a la dirección general de Política Lingüística de la propia conselleria a «dictar todas las resoluciones e instrucciones que sean necesarias para la interpretación y la aplicación de lo dispuesto en la presente orden».

Esta misma orden incluye otra medida que ya ha entrado en vigor este curso con respecto a la enseñanza en Valenciano, en las plazas que se adjudican por urgencia al profesorado en la tercera de las convocatorias semanales para cubrir los puestos que resultan más complicados o «de difícil cobertura».

Se han rebajado en la práctica las exigencias de nivel de Valenciano porque la capacitación ha dejado de ser un requisito y se convierte en un mérito, siempre que además se cuente con el máster de Secundaria y la nueva orden generaliza el C1 como requisito para las clases en Valenciano.

Según explica la Conselleria de Educación en la propia normativa, en realidad se trata de adecuar la formación que tiene el profesorado a los requisitos lingüísticos del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

«El cambio de contexto sociolingüístico y la mejora de la capacidad de formación de las universidades, hacen posible ahora determinar cuál debe ser la titulación exigida para acreditar una competencia lingüística suficiente para impartir la docencia», señala textualmente.