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Los locales de ocio piden a la jueza que aparte a la fiscal del caso por el ruido en Castaños al ser residente en la zona

La asociación de empresarios reclama la recusación de la representante del Ministerio Público por tener un «interés directo» en la causa

Veladores en el entorno de Castaños, en imagen de archivo. héctor fuentes

La Asociación de Locales de Restauración y Ocio de Alicante (Alroa) pidió ayer a la titular del juzgado Contencioso-Administrativo 4 de Alicante, Begoña Calvet, que aparte a la fiscal de la causa abierta por los efectos del ruido provocado en el entorno de Castaños, que quedó vista para sentencia el pasado miércoles. Y es que, según el escrito registrado ayer por la entidad empresarial, la representante del Ministerio Público debería ser recusada por tener «interés» en el caso al ser residente en el Centro Tradicional.

En concreto, la asociación señala que la fiscal «reside desde hace unos años en la zona de influencia, a escasos 50 metros de uno de los pubs de moda». Este hecho, recalcan, es motivo suficiente para que sea apartada del caso al ajustarse al artículo 219 (apartado décimo) de la Ley Orgánica del Poder Judicial. «Si la sentencia contuviera un pronunciamiento estimatorio, las consecuencias directas inmediatas afectarían al lugar de residencia de la representante del Ministerio Público», prosigue el escrito de la asociación de locales de ocio, donde se concreta que la petición a esta altura del proceso judicial se debe a que el hecho fue conocido en la última sesión del juicio, según el relato del presidente de la entidad, Francisco Javier Galdeano. «El 6 de noviembre, asistí como público a la segunda jornada. Cuál fue mi sorpresa cuando identifico a la representante del Ministerio Público (yo no había acudido a la primera sesión y desconocía esa intervención)», continúa el escrito, en el que la asociación considera que el Ministerio Fiscal «debe mantener una posición imparcial y de defensa del interés público».

Cierre del juicio

En la segunda y última sesión del juicio que quedó este miércoles visto para sentencia, la fiscal se posicionó junto a los vecinos del Centro Tradicional, que llevaron al Ayuntamiento a los juzgados ante la negativa municipal de declarar zona acústicamente saturada (ZAS) el entorno de Castaños.

La Fiscalía consideró que el ruido que sufren los vecinos generado en la zona del Centro Tradicional por los locales de hostelería (restaurantes, pubs y discotecas) vulnera dos artículos de la Constitución Española: el 15, que afirma que «todos [los ciudadanos] tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral; y el 18, que sostiene que «el domicilio es inviolable». Así se pronunció la fiscal el miércoles en las conclusiones del juicio que enfrenta a la asociación de vecinos del Centro Tradicional y al Ayuntamiento de Alicante. En la sesión, la Fiscalía respaldó a los residentes en su petición de que se declare como ZAS la zona comprendida entre las calles Castaños, San Ildefonso, López Torregrosa, Artilleros, Rambla, Pascual Pérez, Teatro, Teniente Álvarez Soto, Portal de Elche, Bailén, San Francisco y Gerona, lo que supondría que no se podrían conceder nuevas licencias para locales de hostelería y que se revisasen los horarios de los ya existentes. La sentencia se espera conocer a finales de este mes.

Frente a la postura coincidente de la Fiscalía y los vecinos, el abogado del Ayuntamiento de Alicante pidió el archivo del procedimiento, alegando que una asociación de vecinos (en este caso, la del Centro Tradicional) no ostenta derechos fundamentales, por lo que no pueden ser vulnerados. El letrado aseguró que los derechos fundamentales son inherentes a las personas físicas, es decir, solo a los vecinos a título particular.

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