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El PSPV traslada a Ferraz el trámite para la suspensión de militancia de Echávarri

La resolución que se debe tomar en Madrid también afectaría a Lalo Díez, asesor del exalcalde

Gabriel Echávarri y Ximo Puig en unas jornadas en Alicante en marzo de 2018. álex dominguez

El PSPV ha trasladado a Ferraz el trámite para la suspensión cautelar de militancia a Gabriel Echávarri después de haber sido condenado a ocho años y medio de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación por el fraccionamiento de contratos de la concejalía de Comercio durante su etapa como alcalde de Alicante. Siguiendo el punto 5 del código ético, los militantes con una sentencia condenatoria que adquiere firmeza son sancionados con la expulsión del partido. De este modo, la dirección nacional del PSPV ha elevado el expediente a la dirección federal, informando al partido de la situacion, por lo que serán ellos quienes decidan de qué tipo de falta se trata o si encaja en el punto 5.4 que dice textualmente que «a los militantes que se les abriera juicio oral por un delito relacionado con la violencia de género o la libertad e indemnidad sexuales (acoso, abuso o violación) o contra la integridad moral, o aquellos ligados a la corrupción serán suspendidos cautelarmente de militancia, y en caso de dictarse una sentencia condenatoria que adquiera firmeza serán sancionados con la expulsión del partido».

El PSPV confirmó ayer que se aplicará el código ético y recordó que Echávarri ya no es cargo público tras haber tomado la decisión de dimitir forzado por su partido ante los dos procesamientos judiciales, uno relativo al fraccionamiento de contratos en el área de Comercio y otro por el despido de una trabajadora del Ayuntamiento, que a su vez es cuñada del portavoz municipal del PP, Luis Barcala. Esta decisión se adopta después de que los magistrados consideran probado que los tres acusados -Echávarri y sus dos asesores- contravinieron conscientemente los principios de la contratación relativos a la libertad de acceso a las licitaciones, entre otros, por el pago de nueve facturas para publicitar la Gala de los Premios de Comercio de 2016 y por la renovación de señalización de los mercados municipales de Alicante. En concreto, la sentencia establece que durante los meses de noviembre y diciembre de 2016, «por decisión de Gabriel Echávarri», la concejalía de Comercio, de la que el alcalde era responsable, contrató «empleando la figura del contrato menor de servicios», cuyo importe no puede exceder los 18.000 euros sin IVA, un total de 25 encargos con diferentes empresas por una suma global de 189.762,86 euros. Se produjo entonces, dice la sentencia, «el fraccionamiento, deliberado y reiterado por los acusados, de los objetos de las prestaciones a fin de eludir la normativa vigente en materia de contratación administrativa, que exige respeto a los principios de publicidad y concurrencia en nueve de ellos».

Recordar que en el punto 5.5 del código ético del PSOE al que ha tenido acceso este medio también se recoge que «en caso de que un cargo público u orgánico resultara absuelto por sentencia firme de los delitos que se le imputaban en un procedimiento penal, el partido se compromete a adoptar las medidas necesarias para restablecer el buen nombre y el honor de la persona absuelta». Teniendo en cuenta que contra el fallo cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJ en el plazo de diez días y que ayer las defensas del exalcalde socialista de Alicante, Gabriel Echávarri, y de sus dos asesores, Pedro de Gea y Lalo Díez, anunciaron que recurrirán la sentencia por el «caso Comercio» que les condena por un delito de prevaricación admnistrativa, el PSPV se encargará de mandar toda esta información para que sea Ferraz la que tramite esta decisión cuando crea oportuno. Recordar que las defensas han señalado que respetan y acatan la sentencia aunque han anunciado que la recurrirán.

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