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El Ayuntamiento prohibirá enterrar juntos a víctimas y agresores de violencia de género

La nueva ordenanza del cementerio contempla no inhumar en la misma sepultura a personas entre las que medie un delito machista acreditado

Nichos en la zona de ampliación del cementerio en una imagen de esta semana. áxel álvarez

La violencia de género será uno de los motivos para no enterrar juntos a víctimas y agresores en el cementerio municipal Nuestra Señora del Remedio de Alicante, siempre que el delito machista esté acreditado en la pareja o unidad familiar. Esta prohibición es una de las novedades en el borrador de la ordenanza que ha elaborado el Ayuntamiento de Alicante, con la que el equipo de gobierno (PP y Ciudadanos) pretende actualizar el reglamento vigente, totalmente obsoleto, ya que data del año 1940.

El proyecto acaba de superar, a pocos días para la festividad de Todos los Santos, que llevará a cientos de visitantes hasta el camposanto, el periodo de exposición pública para la presentación de alegaciones. Y en los próximos meses se someterá a pleno para su aprobación. La violencia de género como supuesto para que víctima y verdugo no compartan el mismo espacio en el eterno descanso figura en el apartado de derechos del titular y establece que el fallecido que tenga derecho funerario sobre una sepultura será inhumado preferentemente en ella a no ser que existan otros cuerpos enterrados previamente y que los familiares acrediten la no convivencia de la inhumación por mediar casos de violencia de género.

Otros supuestos que se contemplan para no enterrar en la misma sepultura a dos personas son la separación de cónyuges «o cualquier otra circunstancia que quede debidamente justificada».

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La ordenanza también regula el orden de adjudicación de las sepulturas en el Cementerio dejando sin efecto las cláusulas de las pólizas de seguros y los contratos que los particulares hayan establecido con las aseguradoras. A estas compañías se les reconoce exclusivamente la facultad de proporcionar a los asegurados el capital para abonar su derecho funerario pero sin vincular al Ayuntamiento a que tenga que proporcionar una determinada sepultura.

Este aspecto ha generado numerosos problemas en el Cementerio de Alicante a la hora de enterrar a personas que habían pagado durante años un nicho en una determinada planta y que finalmente fueron inhumadas en otra. Hace cuatro años se dio el caso de una alicantina de 85 años que llevaba décadas pagando su entierro en altura, a la que el Ayuntamiento quiso dar sepultura en la tumba de su marido. La familia alegó que no quería ser inhumada en suelo y finalmente se le permitió ocupar el antiguo nicho de sus padres.

La nueva ordenanza establece que las inhumaciones se realizarán en las sepulturas respetando el orden de numeración correlativa en cada unidad de enterramiento, «y en el supuesto de coincidir dos o más servicios el mismo día, prevalecerá el orden de llegada al cementerio». Para las concesiones sobre nicho el orden se iniciará desde la andanada primera hasta la parte superior.

El Ayuntamiento se reserva la facultad de alterar el orden prefijado, para evitar ampliaciones y nuevas construcciones de sepulturas hasta que sea ocupada la totalidad de las tumbas que no tengan atribuida concesión.

El reglamento pendiente de aprobación obliga al personal adscrito al camposanto a atender a los usuarios con el debido respeto, «y sin que pueda establecerse discriminación alguna por cualquier condición, o circunstancia personal y social». No se permitirá el acceso de animales salvo los perros guía que acompañen a invidentes ni esparcir cenizas salvo en los lugares habilitados a tal efecto. Se trata de una norma que establece las reglas de funcionamiento del cementerio que para el concejal de Infraestructuras, José Ramón González (PP), era necesaria. «Se pone en marcha para actualizar lo que había y mejorarlo», señaló sobre el reglamento de 1940, que pretende determinar de forma «clara y concisa» los servicios prestados en el Cementerio y los trámites administrativos.

Entre los apartados del borrador se encuentra el de reducciones de restos, que se podrán hacer cuando hayan transcurrido más de 5 años desde el fallecimiento, y 6 años si la muerte fue por enfermedad infecciosa o contagiosa. En cuanto a las exhumaciones o traslados, no se podrán realizar antes de dos o cinco años desde el entierro, en función de la clasificación que establece el reglamento de policía mortuoria, a no ser que medie un mandamiento judicial.

Ahora mismo en el cementerio hay unos 600 nichos disponibles para enterramientos en la zona de ampliación, según datos del Ayuntamiento, que garantizan espacio para inhumar a un año vista. Además, fuentes municipales, señalan que están en estudio nuevas fases.

El problema de la falta de espacio para nuevos panteones y tumbas de suelo está directamente relacionado con el bloqueo del plan de ampliación del camposanto, que se empezó a redactar hace más de 14 años.

Este proyecto, que afecta a un ámbito de 600.000 metros cuadrados, contempla duplicar la superficie del cementerio histórico de 1918 con espacios específicos para los ritos musulmán y judío ante la demanda de estas confesiones, que carecen de recinto propio en Alicante. También habrá zona para mascotas, un parque de cenizas y un tanatorio-crematorio.

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