Un jurado popular enjuiciará a Miguel López por el asesinato de su suegra, María del Carmen Martínez, viuda del expresidente de la CAM, Vicente Sala. Así lo resolvió ayer la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que desestimó el recurso planteado por la defensa de López, el abogado Javier Sánchez-Vera, en el que se pedía que el caso fuera juzgado por un tribunal profesional ante el riesgo de contaminación del jurado por el impacto mediático de la causa. La Fiscalía y la acusación particular que ejerce el primogénito de la fallecida, Vicente Sala, a través del abogado Francisco Ruiz Marco, pidieron que se desestimara la petición. La decisión es firme y contra ella no cabe recurso e impone a Miguel López las costas procesales.

María del Carmen Martínez fue asesinada de dos disparos en la cabeza la tarde del 9 de diciembre de 2016 en un establecimiento de automoción que regentaba su yerno, único sospechoso de un crimen por el que se enfrenta a una petición de más de 24 años de prisión por los delitos de asesinato y tenencia ilícita de armas. La causa está en la Audiencia Provincial de Alicante a la espera de juicio. Las fechas que se están barajando apunta hacia febrero de 2020, aunque hay posibilidad de adelantarlo al mes de diciembre de este año, según confirmaron a este diario fuentes cercanas al caso.

La vista para decidir sobre la competencia del jurado se celebró la semana pasada en la Sala de lo Civil y de lo Penal del TSJ, ante un tribunal formado por los magistrados Antonio Ferrer Gutiérrez, Carmen Llombart y Vicente Manuel Torres. Los magistrados dicen que no hay hecho alguno que pueda poner en duda la imparcialidad del futuro tribunal por el impacto mediático del caso. La defensa planteaba una batería de medidas para evitar esa contaminación que iban desde nombrar a un jurado formado por personas de otras provincias o de otra comunidad y mantenerlos incomunicados, o nombrar a un tribunal profesional.

Un tribunal por formar

La sala asegura que no puede cuestionar el futuro resultado de un juicio en el que ni siquiera se ha constituido el tribunal en su integridad. Los posibles riesgos de contaminación del jurado es una posibilidad que deberá analizarse en el estudio de la sentencia y particularmente la determinación de si sus conclusiones se basan en «auténticas pruebas» o se basan «en elementos ajenos al proceso», dice el TSJ. Los jueces señalan que todos estos factores quedarán objetivados a la vista del resultado del juicio, no antes.

El auto confirma la resolución dictada por la Audiencia de que «el cauce procesal procedente es el procedimiento del jurado». Según la sala, esta institución en la legislación española «en modo alguno aparece configurada como un derecho de la parte que le faculte para recurrir a él o no según sus preferencias». También recuerda que la Ley del Jurado no prevé la posibilidad de «alterar el fuero territorial a tenor de las circunstancias concurrentes». Del mismo modo, tacha de «secuestro legal» la petición para incomunicar a los miembros del jurado durante todo el juicio y recuerda que en el trámite de elección de los miembros del tribunal popular la defensa podrá recusar a aquellos de quienes tenga dudas.

Del mismo modo, considera «inadmisible» la petición de la defensa para que se tenga en consideración la existencia de un presunto delito de robo con el objetivo de evitar el procedimiento del jurado y que son las acusaciones y no la defensa quienes deben delimitar cuál es el objeto de acusación.

El auto rechaza otras presuntas irregularidades denunciadas por la defensa. «No alcanzamos a vislumbrar ningún exceso en la actuación policial» durante el registro en la casa de Miguel López, en el que, según la defensa, los agentes entraron antes de la llegada de la comisión judicial. La sala expone que el registro fue autorizado por el juzgado y que los agentes adoptaron medidas para asegurar el escenario mientras llegaba el personal judicial. También el auto rechaza una posible ruptura de la cadena de custodia del teléfono de la víctima y los dispositivos de Miguel López «El material fue el mismo que recogió en el lugar» dice el TSJ, que recuerda que la Policía es garante de la cadena de custodia.