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El Ayuntamiento renuncia a acusar en el caso Isjoma y sostiene que no hay delito

El letrado de la corporación descarta que hubiera una confabulación de los acusados y que se organizaran en una trama para defraudar a la Administración

Andrés Llorens el día que declaró por el caso Isjoma. rafa arjones

El Ayuntamiento de Alicante ha renunciado a presentar escrito de acusación por el caso Isjoma al no ver indicios de delito en la actuación de los procesados, según el escrito presentado por el letrado que representa a la corporación al que ha tenido acceso este diario. En esta causa, la Fiscalía Anticorrupción ha pedido llevar al banquillo al exvicealcalde de Alicante y exedil de Atención Urbana Andrés Llorens, el exedil de Comercio Juan Zaragoza, tres técnicos municipales por favorecer presuntamente a la mercantil Isjoma, la empresa a la que la corporación tenía adjudicada entre 2003 y 2009 el suministro de infraestructuras para actividades festeras en la ciudad, como las sillas y el montaje de escenarios. El responsable de la empresa también está acusado. Se les imputan delitos de prevaricación, fraude a la Adminitración y, en el caso de Juan Zaragoza, una presunta revelación de secretos.

En estos momentos, la instrucción del caso Isjoma está a punto de terminar con la presentación de los escritos de conclusiones provisionales de las acusaciones, entre las que se encontraba personado el Ayuntamiento de Alicante. El letrado del consistorio ha pedido el sobreseimiento al juzgado al descartar la existencia de delito alguno por parte de los acusados.

El abogado rechaza la existencia «de una confabulación de los acusados organizados en una trama» para dictar resoluciones arbitrarias con el fin de defraudar a la administración. Sostener esta tesis «es un ejercicio de voluntarismo incompatible con los principios del proceso penal», dice.

Sentencia del TSJ

En el escrito, el abogado también se refiere a la sentencia por la que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad (TSJ) anuló el contrato a la mercantil Isjoma en el año 2015 tras los recursos interpuestos por Alavés Montajes y Realizaciones, la mercantil que denunció el caso. Según expone al juez, el proceso administrativo «en modo alguno puede derivar automáticamente en el supuesto de la comisión de un ilícito penal» en el caso de que la sentencia acabe fallando a favor del demandante. El abogado del Ayuntamiento señala que en la resolución del TSJ se señalaban «determinados errores» en la valoración de las ofertas, «lo que justificaba a juicio del Tribunal la anulación de los acuerdos impugnados y la condena al Ayuntamiento al pago de de determinados daños y perjuicios», indemnización que fue de 296.168 euros. Por todo ello, se incide en que la setencia se dictó años después del inicio de la investigación penal del caso Isjoma y que los posibles errores en los que se incurrió han sido «debidamente corregidos».

La Fiscalía también veía delito en el hecho de que el Ayuntamiento hubiera adjudicado a Isjoma al margen del contrato servicios que ascendieron a 858.636 euros. El abogado del Ayuntamiento asegura que «no se disponen de elementos comparativos» que puedan concluir que se haya podido producir de ellos un perjuicio económico.

En cuanto al delito de revelación de secretos que se imputa al exedil Juan Zaragoza, desde el Ayuntamiento se incide en que en las diligencias no se ha acreditado la existencia de resolución alguna acordando expresamente su carácter secreto, ni solicitud del exconcejal para que se le entregara informe alguno, no resolución alguna para dárselo.

Por todo ello, reclama el sobreseimiento de la causa y renuncia expresamente a ejercer la acusación en el supuesto de que el juzgado viera indicios de delito y enviara al banquillo a todos los acusados.

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