La defensa de Miguel López expuso ayer ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad (TSJ) su petición para que un jurado popular no enjuicie el asesinato de María del Carmen Martínez. El letrado Javier Sánchez-Vera repitió ante la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJ los mismos argumentos que expuso en su día ante la Audiencia de Alicante para que López, único acusado del crimen de la viuda del expresidente de la CAM Vicente Sala, sea juzgado por un tribunal profesional formado por tres magistrados. Tanto la Fiscalía, como la acusación particular que ejerce Vicente Sala, hijo mayor de la fallecida, reclamaron que se desestimara la petición y que no había marco legal para la petición.

María del Carmen Martínez fue asesinada de dos disparos en la cabeza la tarde del 9 de diciembre de 2016 en un establecimiento de automoción que regentaba su yerno, único sospechoso de un crimen por el que se enfrenta a una petición de más de 24 años de prisión por los delitos de asesinato y tenencia ilícita de armas. La causa está en la Audiencia Provincial de Alicante a la espera de juicio y de ver lo que se resuelve en el TSJ sobre la competencia del jurado.

La vista se celebró en la Sala de lo Civil y de lo Penal del TSJ, ante un tribunal formado por los magistrados Antonio Ferrer Gutiérrez, Carmen Llombart y Vicente Manuel Torres y que tendrán que decidir sobre la intervención del jurado. Durante una vista de poco más de una hora de duración, ninguna de las partes se salió del guion y todos repitieron prácticamente los mismos argumentos que ya expusieron en la Audiencia de Alicante ante la magistrada Francisca Bru, que presidirá el tribunal popular. Desde la Audiencia se rechazó la petición de la defensa, motivo por el que el letrado apeló al TSJ.

La defensa reiteró a la sala los riesgos de contaminación del jurado, debido al impacto mediático que había tenido el caso, por lo que el hecho de derivar el juicio a un tribunal profesional sería una manera de remediar el «grave juicio paralelo producido». El letrado insistió en que, en el caso de que se mantuviera la competencia del jurado se adoptaran otras medidas para evitar la contaminación, como formar el tribunal popular con personas de otras comunidades autónomas y mantenerlos incomunicados desde el inicio del juicio. Sánchez-Vera también planteó que el crimen fue consecuencia de un robo, una hipótesis no contemplada por las acusaciones, y que por lo tanto este delito determinaría que la competencia no sea de un jurado.

Desde la defensa se plantearon también otras supuestas irregularidades en el registro del domicilio de Miguel López el día de su detención, así como errores en la cadena de custodia a de los dispositivos móviles tanto de la víctima como del sospechoso y a una «grosera manipulación de las fotografías» de la escena del crimen.

Rechazo de las acusaciones

Tanto desde la Fiscalía como desde la acusación particular se pidió a la sala que se rechazaran los argumentos de la defensa y se mantuviera la competencia del jurado. El letrado Alejandro Bas acudió a la vista por el bufete Ruiz Marco, que ejerce la acusación en nombre de Vicente Sala. Desde la acusación se insistió en que la aparición de noticias en prensa sobre un proceso judicial no implicaba la existencia de juicios paralelos y, que en este caso, los medios de comunicación habían recogido tanto noticias cercanas a las tesis de la acusación como de la defensa y «no se ha dado ya por declarada la culpabilidad del acusado». En este sentido, señalan que la solicitud se basa en «suposiciones genéricas e hipotéticas» y no se ha demostrado la existencia de contaminación del jurado.

Del mismo modo, se ha rechazado la introducción por parte de la defensa del delito de robo, algo que se califica como una «premisa inexistente» para tratar de «burlar» la intervención del jurado y se considera desde la acusación particular como «inexistente» dicho robo.

La acusación particular rechazó la existencia de irregularidad alguna tanto en el registro de la casa de Miguel López el día de su arresto, ni que se haya vulnerado la cadena de custodia de los dispositivos. «No resulta fácil de explicar cómo la policía judicial en las horas posteriores al crimen pudo ya empezar a conspirar contra el acusado (al que no conocía) y pudo decidir manipular el teléfono de la víctima (emitiendo llamadas, borrando el historial de internet) para ocultar o enterrar las pruebas de una coartada no esgrimida hasta once meses después», asegura el escrito de la acusación.