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Miguel López no se libra del jurado

La magistrada Francisca Bru responde a la defensa del yerno de María del Carmen Martínez que no se puede recusar a un tribunal que ni se ha formado

Miguel López llega a los juzgados de Benalúa en una imagen reciente. rafa arjones

Migue López, el yerno de María del Carmen Martínez acusado de su asesinato, será juzgado por un tribunal popular sin que, como sostiene su defensa, eso suponga una vulneración de sus derechos fundamentales por la supuesta contaminación de los miembros del jurado dada la repercusión mediática del caso. Así lo expone la magistrada Francisca Bru, presidenta del jurado que enjuiciará el crimen de la viuda de expresidente de la CAM Vicente Sala, en un auto notificado ayer en el que rechaza la práctica totalidad de la cuestiones planteadas en su escrito de personación por el letrado Javier Sánchez-Vera, defensor de López.

Tras una profusa explicación sobre la institución del jurado, su respaldo constitucional y las normas que rigen su competencia, la magistrada concluye que «no puede prosperar» el planteamiento del letrado cuando «se pretende recusar a un tribunal que ni siquiera está aún formado dudando con carácter previo de su imparcialidad y olvidando con ello todas las garantías que la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado establece para un juicio justo y para que no resulten vulnerados los derechos constitucionales del acusado».

Tampoco comparte la juez el temor expuesto por la defensa a la supuesta contaminación de los miembros del jurado daba la repercusión mediática del caso. «Sin perjuicio de la obligación de guardar el debido secreto del sumario (...) la mayor o menor incidencia de un caso en los medios de comunicación no supone la vulneración de los derechos fundamentales». Afirmación que apuntala con la sentencia que sobre esta misma cuestión dictó el Supremo en el caso de la pequeña Asunta Basterra asesinada a manos de sus padres y que en la vista celebrada hace unos días en la Audiencia aportó el letrado Francisco Ruiz Marco, quien ejerce la acusación particular en nombre del hijo mayor de la fallecida.

Agrega la magistrada además que «las informaciones periodísticas han expuesto tanto argumentos a favor como en contra del acusado y es público y notorio que también la defensa del acusado ha expuesto a los medios de comunicación su versión sobre el caso en la forma que ha tenido conveniente».

También rechaza la magistrada la posibilidad de que la vista oral se celebre en otra provincia que no sea Alicante, una petición que «no cuenta con precedente jurídico alguno», precisa, ya que «el órgano territorial competente es la Audiencia de Alicante», donde se cometió el crimen. Del mismo modo va tumbando todos los planteamientos acerca de las prevenciones que habría que tomar sobre la información previa que se tendría que facilitar a las personas que formarán el tribunal popular, cuya tramitación viene reglada, y deja para «el momento procesal oportuno» la petición del yerno de la víctima, que se enfrenta a una petición de pena de más de 24 años de prisión, de que el juicio se celebre a puerta cerrada.

Otro de los planteamientos de la defensa que tampoco prospera es el de incluir el delito de robo en el proceso con la intención de sacarlo de la órbita competecial del jurado. Aquí la magistrada es tajante. «Nos encontramos ante el planteamiento adecuado siendo el Tribunal del Jurado el órgano competente para su enjuiciamiento, pues se debe estar al objeto del proceso que no es otro que el presunto asesinato de María del Carmen Martínez al recibir dos disparos con una pistola, hecho del cual sido acusado Miguel López como presunto autor de un delito de asesinato y otro de tenencia de armas». Y precisa que, aún en el caso de que se hubiera acusado también de robo, la competencia habría seguido siendo del jurado.

En la misma línea, la juez rechaza que hubiera irregularidades en la entrada y registro al domicilio de López o en la cadena de custodia de los dispositivos móviles, cuestiones que o bien ya han quedado resueltas en la instrucción o no se han planteado.

Legitimidad de las actuaciones policiales

La magistrada responde a la defensa de Miguel López que no se puede presumir por sistema la inocencia de los acusados mientras se ponen en tela de juicio actuaciones policiales y judiciales sin haber pruebas de esas supuestas irregularidades.

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