Cuatro nuevos colegios de la provincia de Alicante están autorizados por Educación para que los padres de alumnos puedan votar el próximo día 1 de abril si desean cambiar el horario escolar el curso próximo para tener la jornada continua, con las clases lectivas desde las 9:00 a las 14:00 horas y extraescolares gratuitas hasta las 17:00 horas.
Son los colegios públicos San Antonio de Elche en la partida de La Foia; Padre Manjón de Elda; Ses Escoles de Tàrbena -único centro educativo en la localidad-, y el centro concertado la Milagrosa de Agost.
Otros cinco centros que también habían remitido a la Conselleria de Educación los correspondientes programas educativos, detallando la nueva organización de horarios con la intención de organizar las correspondientes votaciones, han visto denegada su solicitud en la mayoría de los casos por no cumplir con la necesaria votación a favor de dicho cambio de los dos tercios de los integrantes del consejo escolar.
El director general de Política Educativa en la conselleria, Jaume Fullana, explica al respecto que hay centros que interpretan el cómputo de los dos tercios del consejo escolar de una forma distinta a lo que especifica la norma.
El responsable educativo sostiene que «es una realidad que algunos consejos escolares no están completos, no cuentan con todos sus miembros y al no alcanzar los dos tercios no se puede autorizar la votación de la jornada. No contamos los que haya presentes el día que se vota el nuevo proyecto en el Consejo, sino sobre el total de miembros que debe tener cada uno de estos consejos», concreta Fullana.
La ausencia, por ejemplo, de padres porque sus hijos han pasado al instituto, y ya no están en el consejo ni se ha nombrado al nuevo integrante, pueden llegar a frustrar los deseos de la votación por la jornada continua. «En la conselleria nos debemos a la norma y si falta algún representante no pueden seguir adelante con el proyecto», afirma el director general.
En el conjunto de la Comunidad suman 85 los centros que han remitido sus proyectos para solicitar la votación última de los padres por la jornada continua, y de ellos se han autorizado finalmente 66, siempre según los datos aportados por la conselleria a petición de INFORMACIÓN.
Además de los requisitos generales que debe cumplir cada proyecto, la inspección educativa comprueba que se incluyen todos los extremos y emite su propio informe, favorable o no, abunda Fullana. En esta ocasión, de los 19 denegados en la Comunidad, la mitad no alcanzaba los votos necesarios del Consejo Escolar, y en otros casos no se aseguraban actividades extraescolares gratuitas para la totalidad del alumnado, porque se debe incluir con la mismas condiciones a los alumnos con necesidades educativas especiales, según precisa el responsable de la conselleria.
Advierte Jaume Fullana que antes de llegar a esta autorización o denegación definitivas, la conselleria ha facilitado a los colegios que lo pedían la posibilidad de rectificar, pero que esta semana cumplía el plazo establecido y solo los autorizados podrán organizar las votaciones de los padres de alumnos para el día 1 de abril.
Sentencia
Por otra parte, una sentencia del TSJ anula la disposición única que el propio director general de Política Educativa publicó en los últimos compases del curso 2015-16 para favorecer que los centros que tenían jornada continua aprobada de forma experimental por el anterior Consell gobernado por el PP, presentaran un proyecto propio sobre dicho cambio de horario para mantenerlo.
Los jueces aluden a que o se justifica «la urgencia» con la que se promulgó esta normativa, pero avala la «transparencia y motivación de la propia orden», al tiempo que rechaza que resulte «discriminatoria», tal y como recurrió un particular en su día.
El director general explica que con la orden que publicó en su día se posibilitaba «dar continuidad al proyecto experimental de unos centros que se eligieron a dedo para tener la jornada continua», y abunda que Educación aprobó «dos calendarios, para que tanto estos centros como otros nuevos que lo solicitaran pudieran votar en septiembre por el cambio de horario».
La resolución jurídica citada no es firme y la abogacía de la Generalitat está valorando presentar un recurso. «El criterio que establecimos, en cualquier caso, buscaba dar la máxima normalidad a los centros», sostiene Fullana.
El propio tribunal da por buena la transparencia del proceso de aquellas primeras votaciones por el cambio de jornada escolar, hace tres años, «por el conocimiento del colectivo de padres desde el primer momento», tal y como contempla el fallo en referencia a los consejos escolares.
Tampoco considera que exista discriminación, como aludía el demandante, «por el hecho de que la jornada partida tenga carácter anual y la continua sea para tres años», como explican los jueces.
El director general de Política Educativa añade al respecto que con el nuevo decreto para el currículum de los centros de Infantil y Primaria desaparece el concepto de jornada partida con un carácter general como el que tenía hasta ahora, evitando este tipo de susceptibilidades.
«Cuando se desarrolle la normativa -explica- de cara no a este curso que viene, sino al siguiente, cada centro podrá solicitar el tipo de jornada que desee, partiendo de que de forma general se establece la jornada escolar desde las 9:00 hasta las 17:00 horas. A partir de ahí cada centro organizará su propio horario lectivo siempre dentro de estos parámetros», concluye Jaume Fullana.
Elche
La referida sentencia incluye un recurso específico contra el proyecto de jornada del colegio El Palmeral de Elche que los jueces califican de «inadmisible», porque en su momento «no alcanzó el 55% de los votos del censo de padres y madres». Como no fue autorizado, el TSJ expone que «no existe acto administrativo».