Sin ningún motivo que evite que un tribunal popular juzgue a Miguel López por el asesinato de su suegra, la viuda del expresidente de la CAM Vicente Sala abatida de dos tiros en la cabeza el 9 de diciembre de 2016 en el negocio que regentaba el acusado. Así de rotundo lo expone la acusación particular que se ejerce en nombre del hijo mayor de la víctima en las alegaciones que acaba de presentar al escrito de personación de la defensa. Un documento en el que el abogado de López, el letrado Javier Sánchez-Vera, planteaba que fuera un tribunal ordinario, en vez de uno popular, el que enjuiciara a su cliente para evitar el «juicio paralelo» daba la repercusión mediática que ha tenido y tiene este caso.

Normal, no excepcional

Sostiene el abogado Francisco Ruiz Marco en nombre del primogénito de María del Carmen Martínez que se pretende vender como «excepcional» algo que es tan normal como el «histórico interés de los medios de comunicación por los procesos judiciales por asesinato». Eso al margen, precisa el letrado, de que la defensa «impugne la imparcialidad de un tribunal que no está siquiera constituido en su integridad», por lo que aventurar que «las noticias difundidas durante la fase de instrucción han contaminado irremediablemente al tribunal» es solo eso, «una suposición».

Partiendo de esta premisa, para la acusación particular «resulta superfluo» debatir, como planteada la defensa de López de no aceptarse su propuesta de cambiar el tribunal popular por el ordinario, si la vista oral debía celebrarse fuera de la Comunidad con jurados que no fueran de aquí. «Unas innovaciones que no solo no hallan encaje en la ley sino que constituyen una sugerencia directa a su vulneración», matiza el penalista para apostillar que «acatará cuantas medidas adopte la presidenta del tribunal (la magistrada Francisca Bru) para la preservación (...) de la imparcialidad de los miembros del jurado que efectivamente sean designados».

Rebate también el representante legal de Vicente Sala la pretensión de la defensa de evitar el jurado aduciendo que el asesinato de María del Carmen bien pudo deberse a un intento de robo, lo que fue descartado casi de inmediato por la Policía y excluiría el proceso de la competencia del jurado. «La artificiosa construcción del acusado parte de la premisa inexistente (falsa) cual es suponer que el objeto del proceso incluye un hecho calificado como robo y de imaginar la existencia de un sujeto a quien poder atribuir la autoría del hecho». Ruiz Marco alega que la propia defensa plantea la hipótesis del robo como «una mera posibilidad» cuando «la causa se ha tramitado, la acusación se dirige y el juicio oral se ha abierto con un único acusado (no contra él y un individuo desconocido) por los delitos de asesinato y tenencia ilícita de armas (por los que se enfrenta a más de 24 años de prisión) y no por el de robo». E incide que «ni se ha investigado policialmente un hecho subsumible en el delito de robo ni se ha practicado una instrucción sobre tal hecho».

Frente las objeciones que el abogado de López plantea sobre el registro realizado en el domicilio de su cliente el día que se le detuvo, la acusación particular precisa que esa diligencia se practicó «con todas las garantías legales» y en presencia tanto del letrado de la administración de Justicia (el antiguo secretario) como de la entonces defensa de acusado, quien «rubricó el acta sin que formulara manifestación alguna».

También rechaza Ruiz Marco que, tal y como plantea la defensa, se rompiera la cadena de custodia de los dispositivos móviles de acusado, afirmación que el instructor plasmó en un auto que no fue recurrido. Y recuerda que de impugnarse los datos obtenidos del terminal de la víctima, como también expone el acusado, «afectaría a todas la pruebas que tuvieran origen es este móvil», tanto las que fueran en contra del reo como las que jugaran a su favor.

En otro punto del escrito, el letrado considera que hay suficiente constancia de las actuaciones llevadas a cabo por la Policía por lo que carece del sentido la «investigación» que la defensa pretende sobre el trabajo realizado por los agentes.