La vida en las aulas, patios e instalaciones de los más de mil Colegios públicos de Infantil y Primaria (CEIP) de la Comunitat Valenciana pronto podría dejar de acabar con el timbre al salir de clase o cuando finalicen las actividades extraescolares que organizan por las tardes las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos (Ampa). La primera renovación del Reglamento de Organización y Funcionamiento (ROF) de las escuelas públicas en 22 años que propone la Conselleria de Educación, que derogará la actual normativa que data de 1997, permitirá el uso social de los colegios fuera del horario escolar por parte de particulares o entidades sin ánimo de lucro para acoger actividades educativas, socioculturales, artísticas o deportivas siempre que lo autoricen los ayuntamientos.

Esta apertura de los colegios públicos fuera del horario escolar que contempla el ROF por primera vez ofrece a los ayuntamientos, sobre todo de pequeños municipios o con barrios urbanos deficitarios de infraestructuras, la posibilidad de multiplicar los espacios socioculturales y deportivos por las tardes y los fines de semana. Hasta ahora, salvo pocas excepciones, los escuelas públicas más alla del horario lectivo solo están abiertas para actividades extraescolares que organizan las Ampa. Esta nueva regulación posibilitará que cualquier asociación sin ánimo de lucro, como por ejemplo clubes deportivos o bandas de música, puedan utilizar las instalaciones educativas para sus actividades.

El borrador del nuevo ROF de los colegios públicos permite que tanto la Conselleria de Educación, como los ayuntamientos e incluso las propias escuelas "puedan promover el uso social de los edificios y las instalaciones de los centros educativos por parte de personas físicas o jurídicas sin ánimo de lucro, para la realización de actividades educativas, socioculturales, artísticas, deportivas que no suponen obligaciones jurídicas contractuales".

Las limitaciones que fija el departamento del conseller Vicent Marzà a esta "nueva vida" de las escuelas públicas por las tardes y en fines de semana, a parte de acotar las actividades a realizar, es que "no interfiera, dificulte o impida" el funcionamiento de los colegios públicos dentro del horario escolar. Es decir, que el tiempo que el centro educativo estará disponible para acoger nuevas actividades ajenas a la comunidad se determinará "una vez establecidas las necesidades de utilización del colegio por parte del consejo Escolar y de las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos del centro".

Será obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil

La autorización de estas actividades extraeducativas corresponde a los ayuntamientos, según establece el nuevo reglamento. Esto es lógico pues según lo establecido en el marco legal actual, como remarca el borrador del ROF, "la conservación, accesibilidad el mantenimiento y la vigilancia de los edificios destinados a centros públicos de Educación Infantil, de Educación Primaria o de Educación Especial, corresponde al ayuntamiento del municipio respectivo, con excepción de las infraestructuras de comunicaciones". De hecho, la figura encargada de la apertura cierre y vigilancia de los colegios públicos, el conserje, es personal municipal.

El nuevo reglamento también incorpora como novedad que las personas físicas o jurídicas autorizadas para el uso de edificios educativos "tienen que contratar en todos los casos, una póliza de seguros que de cobertura, sobre su responsabilidad civil y la del personal a su servicio, derivada del uso y de la actividad, por los daños y los perjuicios que por su actividad se puedan ocasionar durante su realización".