Los servicios jurídicos del Consejo de Enfermería de la Comunidad Valenciana (CECOVA) y de los colegios de Enfermería de Alicante, Castellón y Valencia han presentado una denuncia en el TSJ contra las instrucciones de la conselleria de Educación sobre la atención sanitaria al alumnado con problemas de salud crónica en horario escolar.

La resolución del 13 de junio de 2018 dicta instrucciones y orientaciones de atención sanitaria específica en centros educativos para regular la atención sanitaria al alumnado con problemas de salud crónica en horario escolar, la atención a la urgencia, así como la administración de medicamentos y la existencia de botiquines en los centros escolares.

El Cecova recuerda que en ella se confiere a los docentes la responsabilidad de actuar ante una urgencia sanitaria de un alumno, crear y mantener un botiquín y crear y manejar ficheros "con información tan sensible y personal como es la de carácter sanitario, algo que desde la Organización Colegial de Enfermería de la Comunidad Valenciana consideramos un verdadero despropósito".

Tal y como se indica en la demanda interpuesta “no nos referimos en este recurso a la necesidad de asistir a una urgencia sanitaria puntual, que debe atender el personal de los centros educativos en horario lectivo como cualquier ciudadano en todo momento, en virtud de su deber de prestar el deber de socorro. Tampoco nos referimos a la administración rutinaria de un medicamento previamente prescrito por personal facultativo al alumno y con el previo consentimiento de los padres, que el personal de los centros docentes puede verificar. Estamos hablando de la atención sanitaria a alumnos con problemas de salud crónica y la atención de las complicaciones que por esa misma razón se van a producir necesariamente durante la jornada lectiva”.

La demanda incide además en diferentes aspectos de gran trascendencia tales como que las instrucciones imponen al personal docente funciones y obligaciones que exceden notoriamente de sus atribuciones educativas, como son la atención sanitaria de posibles complicaciones que puedan sufrir escolares con problemas crónicos de salud. Además, afectan igualmente a los titulados sanitarios, profesionales médicos y enfermeros, al atribuir a otros colectivos competencias profesionales que les corresponden claramente a aquellos. Y, también, incide además en un asunto tan delicado como la salud de los escolares, sometiéndoles a un régimen de atención sanitaria específica a cargo de personal no titulado.

Por tanto, el Cecova entiende que las instrucciones aprobadas no se ajustan a derecho al atribuir al personal de los centros docentes funciones que corresponden legalmente a las profesiones sanitarias.

La demanda insiste en que la situación es especialmente delicada en el caso de los alumnos con problemas crónicos de salud como asma, diabetes, epilepsia, alergia, etcétera, "que pueden presentar con alta probabilidad a lo largo del curso académico y en horario escolar complicaciones de su enfermedad". Lo que prevén las instrucciones en tales casos apremiantes es que sea el personal de los centros docentes el que preste la atención sanitaria, pese a carecer de formación titulada.