Tres de cada diez denuncias por violencia de género en España no procedían de las propias víctimas, según los datos ofrecidos ayer por el magistrado del Tribunal Supremo y expresidente de la Audiencia de Alicante Vicente Magro durante una conferencia celebrada por el Colegio de Abogados de Alicante (Icali). El magistrado señaló el riesgo de que en estos casos la víctima se niegue a declarar cuando llegue el momento del juicio, acogiéndose a su derecho a no declarar contra sus parejas que les otorga la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Según los datos facilitados por el magistrado, que forma parte del Observatorio de Violencia de Género del Consejo General del Poder Judicial, el año pasado cerca de 1.300 mujeres se negaron a declarar contra sus agresores en la provincia de Alicante y en toda España 17.812 (el 10,94% de los casos). En delitos que suelen cometerse en la intimidad del hogar, esta negativa puede abocar a la absolución del maltratador al faltar una prueba fundamental.

De acuerdo con los datos del magistrado, en Alicante se presentaron 8.000 denuncias por violencia de género el año pasado. El 69% las recibió el juzgado por la propia víctima, un 14% por intervención directa de la policía, un 10% por los partes sanitarios de los centros médicos de casos considerados sospechosos, un 5% procede de vecinos o terceras personas y el 2% del entorno familiar.

Mayor riesgo

Magro indicó que en estas denuncias siempre hay un mayor riesgo a que cuando llegue el momento del juicio la víctima no declare. Por eso, en la conferencia de ayer, desgranó las pruebas que pueden usarse o no en la vista oral. Si se acoge a su derecho a no declarar, aunque anteriormente sí lo haya hecho en otras fases del proceso, no podrán leerse en el juicio sus manifestaciones anteriores. De todas maneras, matizó que el Supremo ha alcanzado un acuerdo para que esta dispensa no ampare a quien esté personada como acusación particular.

En algunos casos, la principal prueba es la declaración de los policías que intervinieron tras ser alertados de la agresión. Magro explicó que su testimonio no suple al de la víctima, pero sí pueden contar lo que ésta les dijo y lo que ellos mismos presenciaron sobre ella. En ocasiones, su relato, junto a las lesiones sufridas, acreditadas por un parte médico, pueden justificar una sentencia condenatoria, recalcó.

El magistrado aseguró que en estos casos hay que respetar los derechos que tienen las víctimas, pero «hay que informarlas de las consecuencias que puede tener esa decisión». Entre ellos citó el riesgo que supone para ellas volver a convivir con el agresor, así como el que las defensas de los maltratadores usen estas retratacciones para poner en cuestión la credibilidad de la víctima.

La estadística judicial refleja que en Alicante se conceden el 85,18% de las órdenes de protección solicitadas, un total de 2.300.