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Urbanismo niega que el acuerdo de Pino y Ruaya exceda la sentencia

El gobierno municipal descarta ante Vertebración del Territorio que se haya aprobado un «instrumento de ordenación urbanística»

Finca Ruaya, uno de los terrenos de la polémica. álex domínguez

La Concejalía de Urbanismo, dirigida por Mari Carmen de España (PP), niega a la Conselleria de Vertebración del Territorio que el acuerdo plenario, aprobado en octubre, exceda la ejecución de sentencia relativa a Pino y Ruaya. Así lo asegura en un escrito donde se incluyen las alegaciones del gobierno municipal de Alicante al texto remitido por el departamento autonómico liderado por María José Salvador, en el que se ponía en seria duda el acuerdo aprobado con los votos a favor del PP, PSOE y Ciudadanos, junto a la abstención de Compromís. Solo Guanyar Alacant se posicionó en contra.

En el documento firmado por la concejala De España se busca aclarar a la conselleria que el acuerdo plenario «no pretende la elaboración o aprobación de un instrumento de ordenación urbanística, sino única y exclusivamente el cumplimiento de la sentencia según su propio tenor y complementando sus silencios de conformidad con la legislación vigente». Según Urbanismo, esto supone «cumplir con las determinaciones» legales para «suelo urbanizable».

Además, en la respuesta del Ayuntamiento a la Generalitat se subraya que el paso dado por el pleno municipal para llevar a cabo la ejecución de una decisión del año 1992 del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad supone la «inclusión de las rectificaciones que imponía la sentencia firme», añadiendo que, a juicio de los técnicos, «no cabe un suelo urbanizable en el que no se estableciese un uso y una densidad máxima». La Generalitat, en su texto inicial, cuestionaba el acuerdo plenario que promovió la clasificación del suelo como urbanizable, con un uso predominante residencial y una edificabilidad máxima de cincuenta viviendas por hectárea.

Y no solo eso, sino que el Ayuntamiento reitera que el «uso residencial no es discutible», dado -prosiguen las alegaciones municipales- «las resoluciones deben ser congruentes con lo pedido por las partes». Según Urbanismo, «no cabe» que en ejecución de la sentencia se «plantee un uso distinto».

El gobierno municipal de Barcala niega que el reciente acuerdo plenario suponga una «sectorización del suelo urbanizable», ya que, añaden, «estas actuaciones supondrían exceder con mucho el ámbito fijado en la sentencia».

El Ayuntamiento, por último, subraya que no se opone a la tramitación de una modificación puntual para una «nueva sectorización ajustada a la Ley Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, (Lotup) siempre que la conselleria «asume la iniciativa de ese instrumento de ordenación, así como la elaboración de trabajos y estudios». La Generalitat, en el escrito del 20 de noviembre, había dado veinte días hábiles a Urbanismo para que aporte la documentación «aclaratoria» del acuerdo plenario.

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