Información

Información

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Expertos cuestionan que los partidos rastreen perfiles y envíen propaganda

Catedráticos y profesores creen que la medida aprobada por el Senado puede vulnerar derechos fundamentales

«El hecho de que los partidos políticos puedan analizar las redes sociales para crear perfiles ideológicos y enviar con base en ellos propaganda electoral puede vulnerar el derecho fundamental a la protección de datos. Para recibir publicidad personalizada hay que dar el consentimiento expreso según establece el reglamento europeo», explica la profesora de Derecho Constitucional de la Universidad de Alicante (UA).

La enmienda introducida en el Senado por los partidos políticos en la tramitación del proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos personales y Garantía de los Derechos Digitales ha abierto la caja de pandora. La clave está en la introducción del artículo 58 bis en el que se establece que «la recopilación de datos personales relativos a las opiniones políticas de las personas que lleven a cabo los partidos políticos en el marco de sus actividades electorales se encontrará amparada en el interés público únicamente cuando se ofrezcan garantías adecuadas». Además, abre la puerta al envío por mail o WhatsApp de propaganda electoral porque «no tendrán la consideración de actividad comercial».

El catedrático de Derecho Constitucional de la UA, José Asensi, admite que la introducdión de esta enmienda «puede presentar problemas» y va un paso más allá al considerar que «la utilización de datos puede alterar las condiciones de igualdad de las campañas al favorecer a los partidos que dispongan de más medios para realizar los estudios de los perfiles». En su opinión, las grandes plataformas de datos van a cambiar la Democracia tal y como la conocemos «y no necesariamente para hacerla más participativa sino más vulnerable».

Desde el área de Derecho Administrativo también cuestionan la enmienda y destacan que para introducirla se ha tenido que modificar la Ley de Régimen Electoral. Además indican que ese concepto tan amplio de «cuando se ofrezcan las garantías adecuadas» choca con el hecho de que al hablar de derechos fundamentales las excepciones legales deben ser predeterminadas y no genéricas.

La sensación generalizada es además de desconfianza aunque en principio los partidos solo podrán hacer uso de los datos en periodos de campaña electoral. La pregunta de qué pasará después con esos datos queda en el aire.

El reglamento europeo de protección de datos es de obligado cumplimiento en todos los estados miembros, ni siquiera es necesario trasponerlo, y es muy estricto. Tanto que en España ya hubo que modificar la ley y las empresas y webs han tenido que solicitar el consentimiento del usuario para usar sus datos bajo amenza de multa de hasta 20 millones. Por eso, los expertos consultados creen que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tumbará la medida.

La presidenta de la Agencia Española de Protección de Datos, Mar España, advirtió ayer de que es «ilegal» hacer perfiles ideológicos en base a las opiniones que viertan los ciudadanos en Internet y enviar propaganda segmentada en base a ese perfilado. E incluso el Rey afirmó que «los derechos de las personas deben estar protegidos en Internet» en la inauguración de un congreso jurídico.

Compartir el artículo

stats