La presidenta y el secretario de la Asociación de Vecinos del Centro Tradicional reclaman al Ayuntamiento de Alicante una indemnización por valor de 406 euros como «responsabilidad patrimonial» por los gastos del hotel al que «huyeron» durante las pasadas Hogueras para «evitar las molestias y los ruidos» que generó un racó situado cerca de su domicilio, en Gabriel Miró. El matrimonio formado por Alcázar Moreno y José Francisco Vicent, que reside en una calle paralela a la céntrica plaza, estuvo alojado en un establecimiento hotelero de Mojácar (Almería) entre el 21 y el 25 de junio de 2018, según figura en la documentación a la que ha tenido acceso este diario y que se registró en el Ayuntamiento de Alicante.

Entre los documentos remitidos al gobierno local para reclamar el pago de la indemnización figura una factura del hotel Marina Playa (de cuatro estrellas), en la que se incluye que el régimen fue de pensión completa, que según la web del hotel supone desayuno, comida y cena tipo buffet, con las bebidas no incluidas en el precio.

En la explicación de los hechos que consta en el Ayuntamiento, los representantes vecinales del Centro Tradicional, muy críticos en los últimos años con los veladores, el tardeo y los locales de ocio, explican que en las pasadas Hogueras se produjo en su entorno una «contaminación acústica superior a la de años anteriores», que llegan a cifrar en 90 decibelios, recurriendo a los sonómetros instalados por el Ayuntamiento y cuyos datos son públicos. Los reclamantes destacan que, dado que su vivienda familiar «se encuentra a unos 50 metros escasos de la Plaza Gabriel Miró» y tras la «actividad nocturna del racó el día 20 de junio» y «ante la falta de presencia de la Policía Local», se vieron «obligados a huir» para «ponerse a salvo», alegando que los «desmanes» afectaron a su «integridad física», hablando del «ruido de los altavoces», además de los cañones de fuego y las luces láser. La pareja optó, entonces, por alojarse en un hotel situado a unos 250 kilómetros de la capital alicantina (en Mojácar) durante las restantes cuatro noches de las fiestas de Hogueras (con entrada al hotel el día 21 y salida el 25 de junio), lo que supuso un gasto, incluida pensión completa, de 406 euros, que ahora reclaman al Ayuntamiento de Alicante.

La reclamación interpuesta por la pareja se basa en un apartado de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, que señala que «los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley».

En el documento registrado en el Ayuntamiento, la presidenta de la asociación vecinal y su marido subrayan que la reclamación al Ayuntamiento del pago de una indemnización de 406 euros es «previa a la vía judicial», en alusión a la posible interposición de una denuncia ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.

Artículos de la Constitución

En la reclamación interpuesta por el matrimonio se afirma que el Ayuntamiento ha incumplido hasta cinco artículos de la Constitución Española: «Todos [los españoles] tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes», el «derecho a la protección de la salud», que los «poderes públicos garantizarán la defensa de los usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos», que la «administración pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho» y, finalmente, que «los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos».