El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha anulado la orden de la Conselleria de Educación por la que se fijaba en 23 en lugar de en 25 el número máximo de alumnos por aula en Infantil en treinta localidades de la Comunidad Valenciana para el curso 2017-2018. En la provincia de Alicante la mayoría de afectados por el recorte de la ratio en las aulas eran centros de localidades de l'Alcoià.

De este modo, la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo estima el recurso presentado por la Federación Española de Religiosos de la Enseñanza-Centros Católicos de la Comunidad Valenciana en contra del recorte de alumnos en sus aulas decretado por el conseller Marzà. Asimismo, y según informa el propio Tribunal Superior de Justicia, se declara la orden contraria a derecho por falta de competencia autonómica para regular esta materia y por «extemporaneidad» de la orden.

En la resolución, los magistrados consideran que « la sala no ha de calificar si es acertado o no en pro de la calidad de la enseñanza que la ratio máxima sea reducida (no se le haría difícil responder a eso afirmativamente)». Añade además que, en este caso, la competencia corresponde al Consejo de Ministros, «autor de una disposición administrativa de contenido básico, que no da pie a la alteración del máximo de alumnos por unidad escolar».

Educación aseguró ayer que la reducción de la ratio permite una mayor calidad y atención a los alumnos y anunció que recurrirá la sentencia.

Una vez conocido el fallo, la secretaria autonómica de Escuelas Católicas de la Comunidad, Vicenta Rodríguez, expresó que la sentencia es «una demostración de que teníamos razón». «Nos vimos obligados a presentar el recurso porque consideramos que la regulación de las ratios iba en contra de la normativa nacional y se habían cambiando las reglas una vez comenzada la matriculación. En ambos argumentos los jueces nos han dado la razón. Si Educación nos hubiera escuchado no se vería ahora con una sentencia en contra».