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La mitad de las familias monoparentales viven bajo el umbral de la pobreza

Hoy entra en vigor el decreto que regula su reconocimiento como numerosas - La Comunidad es la segunda que legisla tras Cataluña

Gente pidiendo en el centro de Elche, imagen de archivo. Antonio Amorós

Educan solas a sus hijos, con rentas menores y mayores dificultades para llegar a fin de mes. Las familias monoparentales, de las cuales el 94% tiene como figura principal una mujer, serán ahora reconocidas con los mismos beneficios que una familia numerosa sin la necesidad de tener a su cargo a más de dos menores.

Con el decreto ley, que entra hoy en vigor, la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas pretende adaptar la normativa a la realidad social actual con el objetivo de facilitar la inclusión de estas familias y poner fin a la transmisión generacional del empobrecimiento : la mitad de las familias monoparental viven bajo el umbral de la pobreza. De esta forma, la Comunidad Valenciana se convierte en la segunda autonomía que legisla al respecto, solo después de Cataluña.

Y es que según datos de la Dirección General de Igualdad en la Diversidad, en los últimos tres años se han registrado 7.667 nuevos títulos de familias monoparentales, lo que supone multiplicar por cinco el número de reconocimientos que había en 2015, cuando la cifra era de 1.515. En la actualidad hay 9.182 títulos. Se trata de familias que sufren una mayor vulnerabilidad tanto a nivel social como económico.

De hecho, el último informe AROPE de riesgo de pobreza y exclusión social (2017) asegura que uno de cada ocho menores pobres (12,5%) es miembro de una familia monoparental. Según el documento, la pobreza empieza a catalogarse cuando sus ingresos no exceden los 1.299 euros mensuales (411 euros menos que en una familia convencional).

Una situación extrema con la que conviven ya el 50,1% de las familias monoparentales valencianas. Familias formadas por una única persona progenitora (padre o madre) y sus hijos e hijas. Aunque según el último decreto también pueden catalogarse como tales aquellas compuestas por una persona viuda y las hijas e hijos que haya tenido con la pareja fallecida, las que tengan un menor en situación de acogida al menos un año y los que tengan la consideración de familia acogedora de urgencia.

También serán considerados como tales las mujeres víctimas de violencia machista, aquellos padres o madres cuya pareja tenga reconocido un grado 3 de dependencia o la incapacidad permanente absoluta, esté hospitalizada o en prisión por más de una año.

Las familias que accedan a las ayudas obtendrán, entre otras, reducciones en matrículas universitarias y de formación profesional, puntos para la elección de centro educativo y becas de comedor y prioridad en las ayudas al alquiler.

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