El Ministerio de Hacienda endurece a partir de enero de 2019 la presión sobre las plataformas que comercializan el alquiler turístico en las viviendas que escapan al control de la Administración, unas 125.000 en la Costa Blanca sobre las 43.000 regladas. Entre las medidas publicadas ya en el Boletín Oficial del Estado este verano destaca el que las plataformas tendrán que identificar ante el fisco al propietario del piso, los días que está alquilado y los ingresos.

Esta nueva obligación tiene como objetivo prevenir el fraude fiscal en materia de viviendas turísticas, sobre todo, en relación a las denominadas plataformas colaborativas que intermedian en la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.

En el BOE se explican las características de este nuevo modelo que deben presentar las personas y entidades que presten el servicio de intermediación entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas con fines turísticos, ya sea a título oneroso o gratuito.

En particular, tienen dicha consideración las personas o entidades que constituidas como plataformas colaborativas intermedien en la cesión de uso y tengan la consideración de prestador de servicios de la sociedad de la información, con independencia de que presten o no el servicio subyacente objeto de intermediación o de la imposición de condiciones respecto de los cedentes o cesionarios del servicio en relación al mismo tales como precio, seguros, plazos u otras condiciones contractuales.

La información a suministrar en el modelo 179 comprende la identificación del titular o titulares de la vivienda, del titular del derecho en virtud del cual se cede la vivienda (si es distinto del titular de la vivienda) y de las personas o entidades que la ceden.

Identificación del inmueble (dirección completa) con especificación de la referencia catastral, en el caso de que la tuvieran asignada.

Número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos. Importe percibido, en su caso, por el titular cedente del uso de la vivienda. Número de contrato en virtud del cual el declarante intermedia en la cesión de uso de la vivienda. Fecha de inicio de la cesión y la de de intermediación en la operación.