El proyecto de decreto elaborado por la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas que debe regular el pago del complemento de carrera a 4.700 interinos de la Generalitat tendrá que volver a la casilla de salida. El Consell Jurídic Consultiu ha emitido un informe que pone en solfa la norma con tres observaciones esenciales. Un serio correctivo que fuerza al departamento que dirige Gabriela Bravo a tener que negociar el texto con los sindicatos, justo en un momento, en que las relaciones con los representantes de los trabajadores no atraviesan su mejor momento. El nuevo retraso en la aprobación del decreto (el colectivo lleva más de cuatro años esperando este plus salarial del que sí disfrutan los funcionarios de carrera) pone además contra las cuerdas a la Conselleria de Hacienda, a quien el TSJ se dirigió hace un tiempo para instarle a pagar la carrera. Así, tal como adelantó INFORMACIÓN en abril de este año, el departamento que dirige Vicent Soler recibió un ultimátum del alto tribunal en el que le daba un plazo de diez días para cumplir con una sentencia del Tribunal Supremo de hace más de un año en la que reconocía el derecho de los temporales a este plus retributivo.

Hacienda informó en su momento de forma favorable al incremento del capítulo 1 (17,4 millones de euros que debían pagarse en 2018), pero faltaba la norma para dar cobertura al pago. Y es aquí donde se ha encontrado un nuevo obstáculo. Al Consell Jurídic Consultiu (CJC) no le convencen ni las formas ni parte del fondo y así se lo ha hecho saber a la conselleria. Así, entre otras cuestiones, ha tenido en cuenta las alegaciones presentadas por la FESP-UGT que aportó al organismo jurídico un acta de la Mesa Sectorial de la Función Pública celebrada el pasado 13 de abril que evidencia que el Consell se saltó el procedimiento al no negociar el asunto con los sindicatos. Así, el presidente de la Mesa, el secretario autonómico Ferran Puchades, adujo que los términos del decreto no eran negociables porque se trataba de una ejecución de sentencia. Los sindicatos se quejaron y el CJC les da la razón al citar varias sentencias del Supremo y señalar que «la necesidad de previa negociación efectiva se estima esencial».

El Jurídic, que considera que la conselleria debería haber elaborado un nuevo decreto sobre carra en lugar de modificar el existente para incluir a los interinos, reitera en la equiparación entre funcionarios e interinos respecto la percepción de la carrera profesional y por ello cuestiona que la Generalitat hable de «interino de larga duración» y no simplemente de funcionario interino. Unos y otros deben al menos haber permanecido en la Generalitat un mínimo de cinco años para tener derecho a la carrera profesional.

Con todo el revés más importante y una de las cuestiones que más controversia suscitó entre los sindicatos es quiénes tienen derecho a esa percepción. La conselleria trató de hacer una lectura más restrictiva y fijó en el decreto que sólo el personal interino que haya estado cinco años en un mismo puesto tenía derecho a cobrar. Atendiendo a las alegaciones presentadas por el sindicato UGT, el CJC entiende que el requisito de de los 5 años de antigüedad no puede circunscribirse al haber trabajado «en un mismo puesto de trabajo» sino referirse a los años de prestación de servicios aunque sea en puestos diferentes. Es decir, el mismo criterio que se aplica al funcionariado de carrera. Esta es una observación esencial que podría variar el tamaño del colectivo con derecho a cobrar.