El Tribunal Supremo (TS) ha inadmitido un recurso de la Abogacía de la Generalitat contra la sentencia que declaró la nulidad parcial del decreto de plurilingüismo al considerar que existe una «pérdida sobrevenida de objeto», ya que la norma ya ha sido derogada, como informó el propio gobierno autonómico.

En una providencia de la Sección Primera de la Sala de Contencioso-Administrativo del alto tribunal, el TS informa de la inadmisión a trámite del recurso de casación preparado por el abogado de la Generalitat contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) que, a instancias de un recurso interpuesto por el sindicato CSIF, decretó la nulidad parcial del Decreto 9/2017 de la Generalitat al ver un «claro agravio comparativo» hacia los alumnos que optan por una enseñanza mayoritaria en castellano frente a los que eligen el valenciano. El Supremo explica que la inadmisión se acuerda por «carencia de interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, por pérdida sobrevenida de objeto», al haberse dictado el diciembre de 2017 un decreto del Consell que derogaba, a su vez, la normativa que establecía en aquel momento el modelo plurilingüe en las aulas de la Comunidad Valenciana. «Dato este -apunta- comunicado por el Abogado de la Generalitat en su escrito de 9 de enero de 2018».

El TS apunta, además, que el ministerio fiscal ha mostrado su conformidad respecto a esta decisión y que el sindicato CSIF no ha formulado alegaciones. Por otra parte, la sala señala que el pasado 23 de abril dictó el auto de inadmisión en el recurso de casación de un supuesto conexo referido a una medida cautelar en un proceso en el que aún no había recaído sentencia.

Esta causa judicial había llegado al Supremo después de que el TSJ valenciano declarara la nulidad parcial del decreto de plurilingüismo dejando sin efecto su disposición adicional quinta al ver «un claro agravio comparativo» en la posibilidad de acreditar el conocimiento de inglés hacia los alumnos que optaran por una enseñanza mayoritaria del castellano. Asimismo, el TSJCV había ordenado la suspensión cautelar del decreto. Finalmente, el Gobierno valenciano decidió derogar el primer decreto de plurilingüismo, que acumulaba, varios recursos de sindicatos, partidos políticos y entidades.