Información

Información

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Un juez tumba el decreto de Pavón que ordenó el cierre de Marmarela

La sentencia judicial condena a costas al Consistorio de Alicante tras dejar «sin efecto la resolución por no ser conforme a derecho»

instalaciones de Marmarela.

El juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Alicante ha dejado «sin efecto por no ser conforme a derecho» la resolución que suspendía la licencia de actividad del complejo Puerta del Mar y Ocio [Marmarela], dictada por el concejal Miguel Ángel Pavón (Guanyar), en septiembre del año pasado, durante su etapa al frente del área de Urbanismo. El juzgado da la razón a la empresa frente al Ayuntamiento, al que además condena en costas.

La sentencia, contra la que cabe recurso, explica que el acta municipal levantada a final de agosto a Marmarela fue por ejercer su actividad sin la autorización de la Autoridad Portuaria (extremo recurrido también en el TSJ y pendiente de resolución), obviando que el Puerto había otorgado la autorización a otra entidad, la SPTCV (Sociedad Proyectos Temáticos) de la Generalitat, con la que Puerta del Mar y Ocio había firmado un contrato de prestación de servicios para cederles sus instalaciones para la organización de la Volvo Ocean Race. «La Administración no podía requerir a la mercantil recurrente para que suspendiese de forma inmediata el funcionamiento de la actividad porque la recurrente estaba habilitada para ejercitar su actividad en virtud del contrato firmado con la mercantil SPTCV con una licencia que seguía en vigor pese al pronunciamiento contenido en la resolución de 12 de septiembre de 2017, recurrida en este procedimiento», señala la sentencia.

El juzgado concluye que el recurso de Marmarela debe ser estimado, «dejando sin efecto la resolución por no ser conforme a derecho». Por otro lado, añade que «no cabe realizar un pronunciamiento que declare la vigencia indefinida de la licencia otorgada en diciembre de 2014, por cuanto ningún precepto contempla la posibilidad de declarar la vigencia indefinida de una licencia, y porque fue otorgada con una serie de condicionantes de otorgamiento que deben pervivir para que la licencia siga desplegando sus efectos». Las costas del proceso, por su parte, no pueden exceder los 1.500 euros.

El exedil de Urbanismo, Miguel Ángel Pavón (Guanyar), confía en que el gobierno local del PP recurra el fallo: «Esperamos que el Ayuntamiento recurra esta sentencia, con la que discrepamos. Si el Puerto concluye que [Marmarela] no disponía de autorización y nos traslada esa conclusión por escrito, era obligado cerrar la actividad: no hacerlo hubiera podido ser constitutivo de un delito de prevaricación por omisión».

Tras la resolución judicial, los responsables de Marmarela confían en poder llegar a un acuerdo con la Autoridad Portuaria para reabrir el complejo esta temporada mediante una autorización administrativa que ponga fin al pleito que se mantiene en el TSJ, que podría «alargarse varios años» y poner «en riesgo» la próxima edición de la Volvo Ocean Race.

Compartir el artículo

stats