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Un delito de posible corrupción, según el Tribunal Supremo

La oferta de dinero a un concejal para dirigir su voto tiene consideración de delito. Una sentencia del Tribunal Supremo de la que fue ponente el magistrado alicantino Joaquín Giménez cuando era miembro de la Sala Segunda deja claro que «el ofrecimiento de dinero para conseguir un concreto posicionamiento de un elegido del Ayuntamiento constituye un acto de corrupción político-económica por parte de quien hace el ofrecimiento, con independencia de que tal oferta no haya prosperado, y ello porque ha habido un intento de corrupción a un funcionario publico». Las penas por este cargo conllevan prisión, multa e inhabilitación especial para empleo o cargo público. La pelota está ahora en el tejado de Anticorrupción, que tendrá que determinar, a la vista de los hechos que se describen en la denuncia, si abre o no una investigación para aclararlos.

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