El juzgado de lo Contencioso 1 ha archivado la denuncia que presentó la Asociación de Vecinos del Centro Tradicional de Alicante contra el Ayuntamiento por los ruidos del tardeo, según la resolución a la que ha tenido acceso este diario. El magistrado considera que se trata de una demanda extemporáneo ya que se presentó sin que existiera ninguna resolución municipal alguna susceptible de ser impugnada.

La denuncia se presentó después de que los vecinos pidieran al Ayuntamiento que iniciara el expediente para declarar el centro de la ciudad como Zona Acústicamente Saturada. El escrito se presentó en el Ayuntamiento el pasado 24 de noviembre, mientras que la denuncia en el juzgado por norecibir contestación alguna por parte de la corporacion se formalizó el 15 de diciembre. El juez considera que no había pasado plazo suficiente para que el Ayuntamiento tramitara la petición de los vecinos y por lo tanto no había resolución alguna que justificara la denuncia. La decisión no es firme y contra ella cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia.

En el proceso, la Fiscalía se había posicionado al lado de los vecinos, que están representados por el abogado Luis Santamaría, y se oponía a lo reclamado por el Ayuntamiento. Según el escrito de la fiscal, era de aplicación el plazo de diez días para que el Ayuntamiento hubiera iniciado el procedimiento para cumplir o rechazar la pretensión de los vecinos. El Ayuntamiento planteaba que faltaba documentación, pero la fiscal consideraba que eran omisiones subsanables. Desde el Ministerio Público se consideraba que la asociación vecinal estaba legitimada para interponer el recurso, ya que «el ruido afecta a las personas físicas en cuanto tales y como colectivo» y que el procedimiento elegido por el colectivo era el «adecuado» al entender que la falta de respuesta vulnera los derechos fundamentales que se invocan en la demanda.

Los vecinos tienen que decidir ahora si presentan un nuevo recurso una vez que se agoten los plazos como plantea el juez o apelan ante el TSJ, aunque en ese último supuesto la resolución podría tardar dos años.