El Juzgado de Lo Contencioso Administrativo 1 de Alicante ha comunicado hoy a una de la empresas estibadoras que mueve graneles en el Puerto, en concreto Bergé Marítima que ha caducado la suspensión cautelar que dictó el pasado noviembre y por la que canceló el decreto del entonces vicealcalde de Alicante y concejal de Urbanismo, Miguel Ángel Pavón, que prohibía el movimiento de graneles en los muelles 13, 15 y 17 del Puerto hasta que las mercantiles no obtuvieran la licencia ambiental municipal.

Según el auto hecho público hoy lunes, el Juzgado notificó el pasado 12 de diciembre a la empresa que tenía 20 dís para formalizar la demanda, habiéndose dejado transcurrir el plazo, según el auto, sin presentar escrito alguno al respecto y sin devolver el expediente administrativo que le fue entregado el 13 de diciembre.

Contra la resolución que no es firme puede interponerse recurso de súplica ante el Juzgado en los próximos cinco días, según reza el auto fechado el pasado miércoles pero entregado hoy.

La notificación llega tan solo tres días después de que el juez titular de la sala primera de lo Contenicioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana revocara la autorización provisional que concedió al Puerto hace dos semanas pasada para cargar graneles en tres barcos y, por tanto, volvió a suspender la actividad en los muelles 13, 15 y 17, que se cierran a los graneles hasta que la Autoridad Portuaria no cumpla la medidas correctoras exigidas por el Consell.

Es decir, que las pantallas cortavientos se dispongan en forma de "u" y su altura sea, al menos un 10% desde la base, más altas que el acopio de material (graneles) que se depositan en los muelles. De esta foma, el auto hecho público por el juez devuelve la situación a la que marcó la orden de suspensión dictada por la Dirección General de Calidad Ambiental del la Generalitat del pasado 20 de diciembre, cuando se suspendió la actividad hasta febrero.