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Vicente Sala pide al juez que prohíba a sus hermanas transmitir acciones

El abogado de Mar, Antonia y Fuensanta defiende que la donación de participaciones a sus hijos no fue ilegal

El abogado Luis Corno y Vicente Sala ayer tras concluir la vista sobre las medidas cautelares en el juzgado. HÉCTOR FUENTES

Los abogados que representan los intereses de Vicente Sala, por un lado, y de sus hermanas Mar, Antonia y Fuensanta, por otro, defendieron ayer sus posturas a favor y en contra de las medidas cautelares solicitadas hasta que el juzgado de Primera Instancia número 12 de Alicante resuelva la demanda presentada por el primogénito de Vicente Sala y María del Carmen Martínez para que se cumpla el testamento del expresidente de la CAM y se obligue a las demandadas a dar el visto bueno a la modificación estatutaria que permita hacer efectivo el traspaso de la acción de oro a su hermano, como era el expreso deseo del padre. La principal medida que reclama Vicente Sala es que el juez prohíba a las tres hermanas cualquier traspaso de participaciones en la mercantil Samar, petición a la que se opuso el letrado de las demandas al entender que están capacitadas legalmente para hacerlo.

En la vista sobre las medidas cautelares, a la acudió Vicente Sala pero no sus hermanas, el abogado demandante, Luis Corno, expuso la necesidad de que el juzgado obligue a las hermanas a que no realicen ningún traspaso de participaciones de la mercantil Samar que «obstaculice» el cumplimiento del testamento de Vicente Sala. Corno explicó el origen de la participación de oro y dijo que el expreso deseo del que fuera presidente de la CAM y luego de su viuda era que dicha potestad pasara tras su muerte a manos de su hijo para solventar cualquier discrepancia en la empresa. La acción de oro es, según la Policía y el juzgado, el desencadenante del asesinato hace casi un año de María del Carmen Martínez.

Luis Corno resaltó en su intervención que el traspaso de la participación de oro a Vicente Sala -que se acordó en una junta de accionistas pero no se inscribió en el Registro Mercantil al no haber unanimidad porque las demandadas votaron en contra- no conlleva que perciba un sólo euro más que sus hermanas, ya que existe un reparto equitativo de dividendos de la empresa. Asimismo, expuso que el hijo de Vicente Sala, por su preparación y experiencia al frente de la empresa durante casi 20 años, fue el elegido por su padre para liderar el grupo empresarial de la familia tras su fallecimiento.

El letrado recordó también que en la escritura de aceptación de la herencia de Vicente Sala nadie puso objeción alguna a la cláusula donde se contemplaba el traspaso de la acción de oro al hijo primogénito. Sin embargo, cuando María del Carmen Martínez convocó una junta para que se aprobara el cambio de estatutos necesario para traspasar la acción de oro a Vicente, las tres hermanas donaron una acción a cada hijo, acuerdo cuya nulidad ha solicitado el letrado de Vicente Sala. Según Corno, al no ser herederos los nietos de Vicente Sala no están obligados a acatar el testamento, por lo que la unanimidad necesaria para cambiar los estatutos no se podría llevar a cabo aunque el juez obligara a las tres hermanas a cumplir la voluntad de su padre.

Sin actitud «fraudulenta»

El abogado de las tres hermanas y de sus hijos, también demandados, se opuso a las medidas cautelares y aseguró que se ha realizado una «interpretación interesada» del testamento y que la voluntad de Vicente Sala «se ha cumplido» y no existió una actitud «fraudulenta» por parte de las hermanas al donar una participación a sus hijos. «Legalmente estaban capacitadas para hacerlo», indicó el letrado. Por otro lado, destacó que no existe peligro para la gestión de la sociedad.

En cuanto a la adopción de una caución -fianza- que garantice los posibles daños, el abogado de Vicente Sala sostuvo que las medidas cautelares no causan perjuicio ni a las hermanas ni a sus hijos, aunque indicó que sea de 1.500 euros en caso de que así lo acuerde el juez.

Por contra, el letrado de las hermanas señaló que las medidas suponen una restricción de sus derechos. Samar tuvo una cifra de negocio de casi 240 millones en 2016 y pidió que la caución sea de 282.000 euros, importe que equivale al 0,5% del patrimonio de la sociedad de la familia.

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