Tres años para volver a votar si sale "no", extraescolares sin beneficio lucrativo, con un docente que asegure su cumplimiento, y actividades lúdico-pedagógicas.

Son algunos de los cambios que la Conselleria de Educación quiere introducir en la jornada continua escolar, tal y como contempla la nueva orden que debatirá con los representantes docentes a través de sus sindicatos.

Tras la normativa aprobada en junio del año pasado, la conselleria ha advertido puntos débiles en la jornada continua escolar que ya imparte el 70% de los colegios de la provincia, con las clases de 9 a 2 y actividades extraescolares actualmente gratuitas hasta las 5 de la tarde.

De entrada, los responsables educativos quieren aclarar meridianamente que las actividades extraescolares no pueden suponer un beneficio lucrativo, que son voluntarias para los niños pero deben ofertarse obligatoriamente, y que en todo momento deberá haber algún docente con los alumnos, además de haber firmado previamente los padres una autorización por escrito.

Son extremos introducidos en la normativa a los que acompaña también que harán falta finalmente un 55% de votos favorables por parte de las familias "entre la totalidad de los votos posibles".

Las reiteradas quejas y reclamaciones de familias contrarias a la jornada continua han llevado a Educación a tratar de clarificar la normativa en estos aspectos, a los que añade que entre las horas de clase académica de la mañana, y las extraescolares de la tarde, "habrá un intervalo de una hora y media", como mínimo.

Tampoco están dispuestos en la conselleria a convocar votaciones por la jornada continua un año tras otro, de modo que la nueva orden contempla que "el resultado de la votación, tanto si es favorable como si no lo es, tendrá una validez de tres cursos académicos".

La orden anterior, vigente actualmente, solo indicaba la prórroga de tres años de la jornada escolar continua cuando el resultado de la votación hubiera sido favorable. Ahora se introduce también que si se vota que no, no podrá volver a repetirse la votación hasta pasados tres cursos.

Control

Por otra parte, el plan específico sobre el cambio de jornada que elaboran los colegios para optar al cambio de horario escolar deberá remitirse a la conselleria siempre antes del 1 de diciembre.

Finalmente, siempre según la nueva orden elaborada por Educación, que será informada para su negociación en las mesas sindicales y de padres de alumnos, la administración se arroga el derecho a cambiar la jornada si considera que no se han cumplido "las condiciones establecidas previstas".

Educación da competencias a la dirección general de Centros para revocar la autorización de la jornada continua tras una "petición razonada" también por parte de la dirección del centro de que se trate y con informe de la inspección educativa y un acuerdo tanto en claustro como en consejo escolar con los dos tercios de todos los integrantes de ambos organismos.

De la misma forma, si Educación lo considera oportuno, podrá "exigir el cambio de alguna de las actividades extraescolares cuando no se ajusten a los objetivos establecidos o a los resultados de la evaluación".