El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad ha devuelto a Alicante la causa contra el ex alcalde de la ciudad Luis Díaz Alperi por tres presuntos fraudes fiscales. La decisión se produce después de que un juzgado de lo Penal de Alicante se la remitiera al entender que el TSJ podía ser el órgano competente por ser el ex primer edil diputado autonómico y estar aforado en el momento en que se dictó la apertura de juicio oral. El TSJ no se ha declarado competente y ha devuelto la causa a este juzgado. El magistrado preveía celebrar el juicio durante el primer semestre de 2018 en el caso de que el TSJ no asumiera este proceso, según indicaron fuentes judiciales.

El TSJ considera inaceptable que el caso casi tres años después no se haya enjuiciado y recalca que esta dilación es muy difícil de entender, incluso desde la sobrecarga que padecen muchos de los juzgados. La sala recuerda que hace dos y medio se inició el trámite por parte del juez para decidir cuál era el juzgado competente y "no es admisible" que se le ponga fin ahora. Según el tribunal, el juzgado de Alicante "olvida que las leyes y la jurisprudencia miran siempre hacia delante y, salvo excepciones, no permiten con su publicación reabrir asuntos cerrados". Los magistrados recuerdan que la competencia se zanjó en su día con la dimisión de Alperi de las Cortes y recalca que la inactividad de un juzgado no puede tener influencia en la determinación de la ley que se debe aplicar. Por ello, urge al magistrado a celebrar el juicio con la máxima diligencia posible.

Tal como publicó este diario, el magistrado Eugenio Alarcón planteó a mediados de octubre, dos años y medio después de recibir la causa, que el TSJ asumiera el proceso por ser Alperi aforado por su condición de diputado autonómico en el momento en que se abrió juicio oral.

Las mismas fuentes precisaron que la cuestión de competencia ahora planteada no iba a suponer ningún retraso en la celebración de la vista oral, ya que el Penal seis de Alicante está señalando ahora los juicios por los asuntos que le llegaron en 2014, entre ellos el presunto fraude fiscal de Alperi. La previsión sería, en caso de que el TSJ rechazara la competencia del caso, celebrarlo a lo largo del primer semestre de 2018.

La investigación se abrió en abril de 2013 por el TSJ debido al aforamiento de Alperi. La Fiscalía reclama penas que suman más de nueve años de cárcel para el exalcalde de Alicante por tres delitos fiscales los años 2007, 2008 y 2010 durante los cuales habría dejado de pagar a Hacienda 682.651 euros en concepto de cuotas del IRPF por un patrimonio de origen desconocido.

También se le acusa de un delito de cohecho impropio por el tiempo en que tuvo su catamaránamarrado en el Puerto Deportivo de Alicante sin pagar el atraque. La dimisión de Alperi de las Cortes motivó que el TSJ enviara a Alicante la causa en 2014 para que se cerrara la instrucción y la remitiera a un juzgado de lo Penal donde celebrar el juicio al exalcalde y a otros tres acusados.

Aforamiento

Ese mismo año, meses después la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo acordó que los contratos de los pabellones de Fitur adjudicados por la Generalitat con la trama Gürtel se juzgaran en el TSJ valenciano, después de que las dimisiones de las exconselleras Milagrosa Martínez y Angélica Such suscitaran dudas sobre qué tribunal debía enjuciar los hechos.

El acuerdo se adoptó para fijar un criterio para todos los casos de corrupción con aforados imputados. El Supremo dijo entonces que, una vez dictada la apertura de juicio oral, la dimisión del aforado no implicaba desviar la causa a otro tribunal.

A la vista de que el acuerdo era posterior a la llegada de la causa de Alperi, el juez recuerda ese criterio al TSJ por si se replanteaba su decisión y asumía la causa otra vez.