El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 8 de València ha desestimado en sendos autos la suspensión cautelar de la orden de la Conselleria de Educación que exige al profesorado interino el requisito lingüístico del valenciano para poder participar en los procedimientos de adjudicación de plazas. Los interinos que a partir del 1 de septiembre no tengan la capacitación para dar clases en valenciano serán desactivados de las bolsas de trabajo hasta que obtengan dicha formación. De hecho, ya no han podido optar a la adjudicación de 11.849 vacantes para todo el próximo curso 2017-18, 4.203 del cuerpo de Maestros y 7.646 del cuerpo de Profesores de Secundaria y de Profesorado Técnico de FP, que Educación ha ofertado este pasado mes de julio.

La exigencia del requisito lingüístico la introdujo la Conselleria de Educación del PP en 2013, cuando publicó con 14 años de retraso el decreto de catalogación lingüística de todas las plazas docentes de Secundaria y FP. Esta orden, la 90/2013, obliga a todo el profesorado de la enseñanza pública a estar capacitado para dar clases en valenciano e incluía una moratoria de cuatro años para obtener dicho requisito que termina el próximo 1 de septiembre.

Curso de capacitación

Para poder dar clase en valenciano hay que estar en posesión del certificado de nivel Mitjà (C1) y realizar además un curso de capacitación para la docencia en esta lengua. Los interinos han tenido pues cuatro años para obtener el obligatorio requisito lingüístico. Tras esta moratoria aún hay en las bolsas de trabajo de maestros y profesores de Secundaria y FP 1.241 interinos que no han obtenido la capacitación exigida. La mayoría de ellos, el 55 % (679) son profesores de Secundaria, un 35 % (437) profesores técnicos de FP y el 10 % restante (125) maestros de Infantil y Primaria.

La suspensión cautelar de la orden del requisito lingüístico fue solicitada mediante dos demandas, firmada una de ellas por 17 interinos y la otra por más de 25. En ambos casos, el juez desestima la paralización de la orden e impone un máximo de 500 euros en costas a estos más de 40 demandantes, que pueden recurrir el auto en apelación.

Los denunciantes reclaman la paralización de la exigencia del requisito del valenciano porque entienden que de no accederse a la suspensión «se les privará de conseguir su principal y legítima finalidad, que es la de mantener su puesto de trabajo y sus medios de vida y seguir activos y trabajando como llevan haciendo ya muchos años (de 9 a 30 años)».

Además, alegan que «no existe perturbación de los intereses generales, puesto que los actores llevan ya muchos años como interinos y su continuidad no genera daño alguno a los alumnos ya que muchos de los puestos que ocupan son en municipios de predominio lingüístico castellano, en los que no les ha hecho ninguna falta ni les hace falta ese conocimiento del valenciano en un nivel C1 que ahora se les exige».Derechos del alumnado

Ante esta alegación, cabe reseñar que según los datos de conselleria facilitados por el Sindicat de Treballadors de l'Ensenyament (Stepv) siete de cada 10 de estos interinos sin el requisito lingüístico con vacante adjudicada en el curso 2016-17 (896 de 1.241) han dado clase en comarcas valencianohablantes. Si les ha tocado dar clases en líneas en valenciano, al no tener el requisito lingüístico la gran mayoría de ellos opta por impartir la asignatura en castellano, lo que ha generado reiteradas quejas de alumnos y sus familias al no tenerse en cuenta su derecho a recibir la enseñanza en la lengua propia.

El juez rechaza paralizar provisionalmente la orden debido a que «en el caso de una eventual estimación del recurso contencioso administrativo, se podría solicitar el abono de los perjuicios económicos que se les haya podido ocasionar» a los demandantes.

Ademas, el auto subraya que «debe prevalecer frente al interés particular de los demandantes el interés público, consistente en que los puestos se cubran adecuadamente (...), así como el interés del alumnado en contar con aquel profesorado que haya acreditado su mérito y capacidad».

Junto a ello, el tribunal también destaca que «se ha de tener en cuenta el interés de los restantes aspirantes que han obtenido la titulación necesaria para cumplir el requisito lingüístico».

Este contencioso planteado por más de 40 interinos sin el requisito lingüístico en el Juzgado Nº 8 no será el único, pues la plataforma Red Asociación de Docentes Interinos de la Comunitat Valenciana ya ha anunciado la voluntad de recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana en caso de ser desactivados de las bolsas de trabajo a partir del 1 de septiembre, así como de reclamar ante la justicia europea.