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El Supremo cuestiona el «auxilio financiero» que la Diputación presta a los ayuntamientos

El Gobierno advierte a las instituciones provinciales de que el Estado posee en «exclusiva» la competencia para conceder préstamos

El Supremo cuestiona los préstamos de la Diputación a los municipios

Un sentencia reciente del Tribunal Supremo (TS) ha cuestionado los créditos blandos (a intereses mínimos) que la Diputación Provincial de Alicante concede a los municipios Diputación Provincial de Alicantemunicipios de la provincia para aliviar sus tensiones financieras y para sufragar obras. La institución que dirige César Sánchez canaliza todas estas ayudas a través de la Caja de Crédito Provincial para Cooperación, un instrumento que en los últimos años ha aliviado sobremanera a decenas de pequeños municipios alicantinos.

Esta circunstancia, con todo, no es exclusiva de las comarcas alicantinas. Otras muchas diputaciones españolas arbitran sistemas similares con el objetivo de ayudar a los ayuntamientos y «rentabilizar de este modo sus excedentes de tesorería», tal y como detalla el Ministerio de Hacienda. Precisamente, el departamento que dirige Cristóbal Montoro ha elaborado una nota informativa para los municipios en la que explica grosso modo la sentencia del Supremo y lanza un aviso a las diputaciones. «El Tribunal Supremo ha dictado sentencia sobre la legalidad de las operaciones financieras otorgadas entre administraciones públicas. Es práctica habitual que Diputaciones u otros organismos públicos y privados, concedan operaciones de crédito a las EELL (entidades locales). Además de rentabilizar de este modo sus excedentes de tesorería, colaboran con las entidades locales de su ámbito territorial prestándoles auxilio financiero», reza ese escrito.

Acto seguido, el Ministerio advierte a las instituciones provinciales de que la competencia en esa materia «es exclusiva del Estado». Es decir, censura la concesión de esos créditos. Finalmente, Hacienda resume el fallo del Supremo y extrae cuatro conclusiones. La primera, que todas esas operaciones «deben respetar la normativa vigente en materia de endeudamiento». La segunda, que el Ministerio está facultado para «reaccionar frente a aquellas operaciones que requieren autorización (...) pudiendo requerir a la entidad que adopte los acuerdos necesarios para dejar sin efecto las operaciones de crédito ilegalmente formalizadas». Y en tercer y cuarto lugar, Hacienda insiste en la obligación de cancelar aquellas operaciones que considera irregulares.

Ahora bien, ¿cómo afecta la sentencia del TS a la Caja de Crédito? Pese a que el escrito del Ministerio las pone en jaque, el vicepresidente tercero y diputado de Hacienda, Alejandro Morant, considera que en la provincia de Alicante el fallo no tiene por qué afectar. «Cumplimos con todos los requisitos que marca la Intervención General de la Administración del Estado y el Ministerio de Hacienda y, por tanto, a pesar de que hay una sentencia reciente que pone en duda algunas cajas de crédito, en el caso de la Diputación de Alicante cumplimos todos los requisitos y exigimos a los municipios la consecución de las normativas que se aplicaron en su día, con la Ley de Racionalización y Sostenibilidad y con la Ley General de Presupuestos», defiende el también alcalde de Busot.

Un papel crucial

La importancia de la Caja de Crédito ha ido aumentando con el paso del tiempo. Especialmente, desde que la crisis golpeó sin piedad a decenas de municipios. Ante la avalancha de solicitudes, el anterior equipo de gobierno, capitaneado por Luisa Pastor y con César Augusto Asencio al frente de Hacienda (hoy en Cultura) fue incrementando de manera progresiva el presupuesto de la entidad, a la par que aumentó también las cuantías para los consistorios. Solo en 2012, una de cada cuatro localidades de la provincia solicitó auxilio económico a la Caja para afrontar sus tensiones de tesorería o para sufragar obras incluidas en los planes provinciales.

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