El magistrado Manrique Tejada sostiene que el suelo que tenía el empresario Enrique Ortiz en el término de Alicante fue el que más se revalorizó durante la revisión del planeamiento, especialmente en zonas verdes y parques naturales, con el que el promotor podía obtener mayor edificabilidad en otras zonas de la ciudad, según el auto judicial que cierra la instrucción de esta rama del caso Brugal. A lo largo del sumario, queda reflejado cómo el promotor va adquiriendo grandes cantidades de suelo en parques naturales. Una táctica con la que, a juicio de los investigadores, pretendía obtener mayor edificabilidad en otras zonas, mediante la aplicación del llamado «coeficiente k»que permite reclasificar cediendo suelo protegido. El juez mantiene en el auto que la aplicación del coeficiente «favorece de manera sustancial» al promotor investigado y que la adscripción de suelos se realizó «de manera arbitraria por la sola manera de beneficiarle». Como ya publicó ayer este diario, el auto sostiene que, de haberse aprobado el PGOU bajo sospecha, habría conducido a un auténtico monopolio del Urbanismo en la ciudad.

El PGOU durante la revisión investigada dividió el suelo protegido de Alicante en dos grandes zonas de 1.601.770 y 1.971.154 metros cuadrados. Al primer área de reparto, se asignó el 81,64% de la superficie el sector Torres de las Huerta y de éste la mitad para la primera zona y de él la mitad del suelo procedía del Parque Natural de los Saladares de Aguamarga y de Serra Grossa. A la segunda de las zonas de reparto se asignaron los sectores de Fontcalent y Vallonga.

Aguamarga

El juez considera que «llama la atención» como todos los coeficientes k bajaron durante la segunda aprobación provisional del PGOU, excepto el relativo a los Saladares de Aguamarga que sube, a la vez que se incrementa el aprovechamiento tipo de todo el nuevo suelo urbanizable de Torres de la Huerta, que representa el 70% de la superficie total de nuevo suelo urbanizable, «favoreciendo de forma sustancial al principal investigado, en lo que supone que todas las decisiones municipales en relación a esta materia tienden a favorecer al ámbito patrimonial de la misma persona», argumenta el juez Tejada.

En el auto se recuerda la existencia de un certificado expedido por el vicesecretario del Ayuntamiento el 3 de febrero de 2014 que «señala con claridad cómo las adscripciones de los suelos que conforman los parques naturales han variado en relación a su coeficiente k y en concreto los que tienen mayor influencia en relación a Ortiz, pasan a tener un mayor beneficio». En el parque de los Saladares, desde la primera exposición pública del PGOU hasta su aprobación provisional en mayo de 2010 el coeficiente se incrementó en un 73,48%, cifra que el magistrado considera «inaudita» y «sin motivación», «por la sola arbitrariedad de quién presuntamente es el beneficiario directo de dicho injustificado incremento», recalca el juez.

El auto describe la mecánica en las operaciones inmobiliarias de Ortiz , basándose en el informe que elaboró Bankia al descubrir «irregularidades» en las mismas. Ortiz «adquiere o participa en suelos que sabe que se van a incorporar al proceso urbanístico del futuro desarrollo de la ciudad a un precio que sabe que tiene recorrido, usando para la compra fondos obtenidos por financiación bancaria». A veces a través de sociedades creadas específicamente para tal fin.

Una vez que esos terrenos son incluidos de una forma u otra en los distintos sectores que se van delimitando en el PGOU, «Ortiz vende participaciones de esas sociedades que tienen la titularidad de las bolsas de suelo adquiridas por préstamo a la propia entidad que le financió la adquisición y al final de la operación extrae una importante plusvalía de la venta de las sociedades, de las que todavía conserva un porcentaje relevante», señala el magistrado. De este modo, el mismo banco que financiaba la compra del suelo, adquiría importantes participaciones en la sociedad inmobiliaria que es titular de un suelo que está gravado con la carga financiera.

El juez señala que el empresario realizó las gestiones oportunas para adquirir la condición de propietario, a través de sociedades mercantiles interpuestas para ser el mayor propietario de suelo adscrito a las Torres de la Huerta.