El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha recomendado a la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente y al Ayuntamiento de Alicante que, previa audiencia a las empresas o titulares de las instalaciones, "se adopten todas las medidas legales que sean necesarias" para evitar la carga y descarga de graneles pulverulentos en el Puerto.

Esta recomendación no se extiende a la Autoridad Portuaria porque es un organismo público dependiente del Ministerio de Fomento sobre el cual no tiene competencia, ya que la Administración del Estado corresponde al Defensor del Pueblo.

En el escrito, en respuesta a la queja de la Asociación de Vecinos Gran Vía Sur-Puerto, de fecha 31 de octubre y al que ha tenido acceso Europa Press, el Síndic ha señalado que se debe evitar el ejercicio de estas actividades "contaminantes" y, además, "sin la autorización autonómica de emisiones a la atmósfera, sin la licencia municipal ambiental y sin medidas correctoras eficaces que eliminen totalmente la contaminación existente".

No obstante, ha considerado que la inexistencia de la concesión de la licencia ambiental obliga a la Autoridad Portuaria a regularizar esta situación, "pero en modo alguno la convierte en titular de las actividades contaminantes" desarrolladas en la dársena, ya que ésta "corresponde a las empresas privadas que la están llevando a cabo".

Además, se indica en el informe que "en la actualidad se ha informado desfavorablemente la solicitud presentada por la Autoridad Portuaria" para la obtención de la autorización autonómica de emisiones a la atmósfera de actividades potencialmente contaminadoras.

Al respecto, se remite al Informe-Propuesta del 27 de junio emitido por la Sección de Calidad Ambiental de la Dirección Territorial de Alicante que advierte que para obtenerla "se deberá proceder a la adaptación de las instalaciones con el fin de garantizar que todas las operaciones de almacenamiento y manipulaciones de materiales pulverulentos se realizan en naves cerradas y en depresión o, en su caso, mediante sistemas equivalentes de semejante eficacia probada (tolvas ecológicas con asporación, sistemas de aspiración, silos cerrados...)". En todo caso, esta autorización, a su juicio, también deben solicitarla las empresas.

Por último, el Síndic ha recordado el cumplimiento de sus dos anteriores recomendaciones de 2009 y 2014 --fruto de otras dos quejas-- para que el Ayuntamiento reclame la licencia ambiental a las actividades contaminantes en el Puerto. Asimismo, ha destacado que los vecinos "llevan soportando esta injusta situación durante hace más de 10 años" y que estas actividades "están afectando al derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio y a los derechos constitucionales a la protección de la Salud, a un medio ambiente adecuado y a una vivienda digna".