La sección quinta de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado la construcción de un complejo turístico alrededor del campo de golf de El Plantío, en la partida alicantina de Bacarot.

El alto tribunal ha rechazado así los recursos presentados por la empresa promotora de este proyecto, El Plantío Golf Resort SL, y de la Generalitat Valenciana contra una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV).

El tribunal autonómico anuló en mayo de 2014, a instancias del partido EUPV y de Ecologistas en Acción, los acuerdos del Consell que avalaban el citado 'resort' turístico, tras aprobar para el mismo la figura de Declaración de Interés Comunitario (DIC).

Denominado Plantío Green Valley Resort, el proyecto preveía la construcción de apartamentos e instalaciones hoteleras dentro de un complejo deportivo-turístico.

El TSJCV dictaminó en su sentencia que la mercantil inicialmente impulsora de esta actuación, Finca lo Cirer (luego Royal Class Resort), modificó "sustancialmente" el proyecto durante la tramitación respecto al presentado en 2011, al aprovecharse de la DIC aprobada en 1993 por la Generalitat para una "actuación colindante": El Plantío.

Así, Green Valley Golf Resort se proyectó al principio sobre suelo del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) declarado no urbanizable común y de protección de ramblas, así como de especial protección de hitos e infraestructuras, con un total de 739.432 metros cuadrados afectados de los que podrían edificarse 39.438.

Sin embargo, antes de ser sometida a información pública la iniciativa, en marzo y junio de 2007, la promotora presentó un proyecto refundido que añadía a la actuación otros 614.000 metros cuadrados englobados en el complejo resort El Plantío, que ya contaba con la declaración de interés comunitario desde 1993.

De este modo, la superficie afectada pasaba a ser de 1,3 millones de metros con un aprovechamiento total de edificabilidad de casi 62.000 metros cuadrados.

El TSJ valenciano resolvió finalmente que el complejo turístico-deportivo debía ser analizado por la legislación aprobada en 2006, concluyó que era incompatible con el PGOU de Alicante y que, además, incumplía las directivas europeas en materia de contratación.

Para la Sala de lo Contencioso del Supremo, aunque la sentencia del tribunal autonómico adolece de algunos "defectos de orden y sistemática" que la hacen de "difícil lectura", sí contiene una motivación suficiente sobre su rechazo a esta actuación urbanística.

Plantío Green Valley Resort "configuraba una ordenación" del territorio "sustancialmente distinta" de la inicialmente presentada, "porque aumentaba el techo de edificabilidad" reconocido en la DIC de 1993, concretamente de 14.500 a 22.500 metros cuadrados, explican los magistrados.

El Supremo usa este argumento, entre otros, para desestimar en tres sentencias distintas los recursos presentados por la empresa impulsora del complejo, la Generalitat y unos particulares, y condena a los propios recurrentes al pago de las costas del proceso.