La Conselleria de Educación ha aprobado conceder las primeras ayudas para sufragar el programa de gratuidad de libros de texto "Xarxa de Llibres" a un total de 255 ayuntamientos de la Comunitat Valenciana, a los que se destinan 16,63 millones de euros. La provincia de Alicante, con 52 ayuntamientos beneficiados, contará con unas ayudas globales de 4,5 millones de euros.

Según la resolución publicada hoy en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV), la Conselleria resuelve parcialmente la convocatoria y concede a estos ayuntamientos y entidades menores las ayudas para hacer efectivo el programa en las enseñanzas obligatorias y en FP.

De los 16,63 millones del programa, un total 10,2 millones corresponden a la Enseñanza Primaria y Educación Especial, mientras que los 6,4 millones restantes van dirigidos a la Educación Secundaria Obligatoria y la Formación Profesional.

Por provincias, la de Valencia es la que más ayudas recibe, con algo más de 11 millones, que benefician a un total de 150 ayuntamientos, entre los que se encuentra el de Valencia, al que se destinan 4,5 millones de euros, mientras que la de Castellón recibe algo más de un millón de euros, que se repartirán 53 ayuntamientos.

Según la resolución, se procederá al pago anticipado del 50 % de estas ayudas, de manera que se abonarán 5,1 millones para Primaria Educación Especial y 3,2 millones para Secundaria y FP con cargo al Ejercicio 2015 una vez resulta la convocatoria.

El resto se abonará, previa justificación de los gastos realizados, con cargo a las dotaciones presupuestarias de 2016, y quedarán condicionadas a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente para atenderlos en los Presupuestos de la Generalitat de ese ejercicio.

Las entidades beneficiarias deberán justificar la ayuda presentado la documentación establecida en la orden que las regula, y el plazo de presentación de esta justificación será como máximo de un mes a contar a partir de la finalización del curso escolar 2015/2016.

Contra esta resolución se puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes desde la notificación al interesado, o contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la citada notificación.