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Exculpan al exjefe de Bomberos del mal estado del material

La magistrada no cree que el responsable del parque municipal cuando se presentó la denuncia, Carlos Pérez, pusiera en peligro la vida de los efectivos por el deterioro de los equipos

Exculpan al exjefe de Bomberos del mal estado del material

La juez que ha instruido la denuncia presentada el pasado marzo por tres mandos del parque de Bomberos de Alicante contra el entonces responsable del Cuerpo, Carlos Pérez, por el mal estado del material de trabajo acaba de archivar las actuaciones al no ver delito en los hechos investigados. En un auto notificado ayer, y contra el que cabe recurso, la magistrada Belén Gutiérrez mantiene que no ha visto «indicios racionales de que el denunciado hubiera hecho dejación de funciones en cuanto al deber de garantizar el mantenimiento de los equipos que puedan generar una situación de riesgo, ni que hubiera generado una situación de grave peligro para la vida o integridad de los trabajadores».

La instructora no quiere decir con esto que el estado de los equipos (cuerdas, arneses...) sea el correcto. Matiza por ello que los materiales fueron retirados para ser revisados por la empresa responsable y certificados como aptos, volviendo a usarse, aunque con la salvedad de que no podían responsabilizarse del historial de uso y las revisiones por la defectuosa interpretación del primer requerimiento hecho por la Inspección de Trabajo, siendo retirados tras el segundo.

Los tres denunciantes aseguraban en el escrito que dio lugar a esta causa que la jefatura del Cuerpo no había actuado ante las reiteradas advertencias de que el material de trabajo estaba deteriorado. Según la documentación que obra en la causa fue en mayo de 2014, en el curso de una jornada sobre sistemas de protección individual contra caídas de altura, cuando el jefe del parque tuvo conocimiento de estas deficiencias, según admitió el propio Pérez meses después al inspector de trabajo a cuyo requerimiento inicial no le hizo excesivo caso. Y, en lo que se corrigió, se incumplieron los plazos, decían los denunciantes.

No sujetos a controles

La magistrada afirma que «estando calificados y certificados como aptos los materiales, cosa distinta es que el mantenimiento no estuviera sujeto a los controles establecidos para mayor seguridad y contención del riesgo, tales como el historial de usos y revisiones, pero el incumplimiento de esos requisitos por la defectuosa interpretación del requerimiento de la Inspección de Trabajo no puede estimarse como constitutivo de infracción penal cuando no se ha demostrado una situación de riesgo concreta a raiz de ellos durante el tiempo en que los equipos han estado a disposición de los trabajadores, una vez revisados y declarada su aptitud, con la salvedad apuntada y, por ende, no puede entenderse subsumible el comportamiento del denunciado en el tipo penal del artículo 316 del Código Penal». El precepto es el relativo al delito contra los derechos de los trabajadores que, según recoge el Código Penal, cometen quienes «con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando legalmente obligados, no faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de modo que pongan así en peligro grave su vida, salud e integridad física». Y fija por ello penas de prisión que pueden ir desde los seis meses a los seis años, además de una multa.

Para sobreseer las actuaciones a la juez le han bastado los testimonios del denunciando y del inspector de Trabajo. Carlos Pérez, a quien el frente del parque municipal le acaba de sustituir el director de Seguridad, Eduardo Doménech, defendió durante su comparecencia ante la magistrada su actuación al frente de los bomberos de la ciudad, que calificó de correcta, al tiempo que aseguró que se había tomado las medidas para evitar cualquier riesgo derivado del estado del material de trabajo. Y sin llegar a atribuir directamente la denuncia a cuestiones personales, Carlos Pérez sí lanzó ante la magistrada la idea de que los denunciantes podían tener intereses no estrictamente profesionales en la presentación de la denuncia, donde se afirmaba que, pese a tener conocimiento del mal estado de los equipos, el jefe no había impedido que este material se siguiera utilizando con el consiguiente riesgo de los efectivos que lo usan con regularidad.

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