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Piden un año de prisión para la edil Moreno por insultar a la Corona

De ser condenada, no podría presentarse a unas elecciones durante el cumplimiento de la pena pero no afectaría al cargo que ahora ocupa

Piden un año de prisión para la edil Moreno por insultar a la Corona

Un año de prisión. Es la pena que ha solicitado el fiscal de la Audiencia Nacional Carlos Bautista para la concejala de Alicante Marisol Moreno como autora de un delito de injurias a la Corona por los tuits y publicaciones en su blog en las que se refería al anterior Monarca y a su familia como «Borbones asesinos» y «familia de vagos, estafadores y borrachos». Unas manifestaciones que el instructor del proceso, José de la Mata, consideró «insultos directos sin matiz ni interpretación alternativa alguna» y a quien el fiscal ya ha hecho llegar su escrito de acusación contra la responsable de Juventud y Protección Animal de la Corporación. En el recurso contra su procesamiento, la edil explicó que estos comentarios, por los que ha pedido reiteradas disculpas incluso ante el propio magistrado, no iban dirigidos al Juan Carlos rey sino al cazador que aparecía en una fotografía junto a un ejemplar de elefante abatido a tiros en una carecería. Un asunto que provocó un gran revuelo social y hasta que el propio Juan Carlos I pidiera disculpas por ello.

La pena que el fiscal pide para la edil lleva aparejada la inhabilitación para el sufragio pasivo durante el cumplimiento de la misma. Es decir, la edil, en el caso de ser condenada, no podría presentarse a unas elecciones hasta que no expirara la condena pero, por contra, en nada afectaría al cargo que ahora ocupa en el Ayuntamiento de Alicante al no haber cometido presuntamente el delito del que se le acusa en el ejercicio de sus funciones.

En el supuesto de que el asunto se acabara dirimiendo en un juicio, como parece lo más probable, y de que éste se saldara con una condena, a la representante de Guanyar Alacant le queda la posibilidad para permutar la pena de cárcel (en la que es difícil que entrara al carecer de antecedentes y no superar los dos años, aunque la decisión última estaría en manos del juez) por una multa, una opción que tras la última reforma posibilita el Código Penal y que, a diferencia de la pena privativa de libertad, no conlleva limitación alguna para el sufragio pasivo.

El fiscal, que en un principio pidió seguir también las actuaciones contra la edil por un delito contra los derechos fundamentales a raíz de sus comentarios contra los políticos, no ha recurrido el sobreseimiento que para este apartado de la denuncia decretó el juez, quien enmarcó estas manifestaciones dentro de la contienda política.

La edil se amparó también en su faceta artística como monologuista, lo que el juez no ha tenido en consideración.

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