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Castilla-La Mancha pierde la prioridad sobre el agua del Júcar

El Ministerio excluye el sur de Albacete, más derecho al agua que el Vinalopó y l'Alacantí

El Ministerio de Agricultura ha dado marcha atrás y, forzado por una sentencia del Tribunal Supremo, ha excluido de la demarcación hidrográfica del Júcar las cuencas del sur de Albacete que, pese a ser endorreicas (no desembocan en ningún río), quedaron incluidas en el plan hidrológico del Júcar de 2014 por imposición de la entonces presidenta castellano-manchega María Dolores De Cospedal; maniobra que le dio mayor poder de decisión y prioridad sobre los recursos en el Júcar y sobre los derechos de los regantes del Vinalopó y l´Alacantí, sujetos a un trasvase con excedentes de la cuenca cedente.

La decisión, que debe ser incorporada ahora en el plan de cuenca que se está revisando, corrige una situación que había dejado todavía más herido de muerte un trasvase diseñado por traer 80 hm3 de agua todos los años a la provincia, pero por el que apenas han llegado diez desde el acuerdo de la Junta Central. Con el paso adelante del Gobierno, unos 4.000 kilómetros cuadrados del sur de Albacete quedan fuera de la cuenca del Júcar, por lo que si quieren recibir agua deberán someterse a las mismas reglas que los agricultores del Vinalopó y l´Alacantí.

La sentencia del Supremo de primeros de julio, tras recurso de la Junta Central de Usuarios del Júcar-Vinalopó, excluyó al sur de Albacete del ámbito de delimitación de la Demarcación del Júcar dando la razón los usuarios del Vinalopó y de los regadíos tradicionales del Júcar, en el controvertido reparto de las aguas del río. La sentencia, además, arrojó múltiples incertidumbres sobre la legalidad del Plan Hidrológico del Júcar de 2014, que estableció una delimitación territorial que hoy condiciona la viabilidad del nuevo plan.

El Supremo estimó parcialmente los recursos presentados por la Junta Central de Usuarios del Vinalopó, l'Alacantí y el Consorcio de Aguas de la Marina Baixa contra el Real Decreto 255/2013 de 12 de abril de ese mismo año que establecía la «composición, estructura y funcionamiento del Consejo del Agua de la Demarcación Hidrográfica del Júcar».

La disposición recurrida contó con el apoyo expreso de la Abogacía del Estado, que en todo momento se inclinó hacia las posiciones del Gobierno, de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de la Junta Central de Regantes de la Mancha Oriental.

Los regantes de la provincia entendían que la no inclusión en el plan de las cuencas endorreícas de los ríos Quejola, Jardín y Lezuza y de Los Llanos de Albacete les dejaba en una situación de «ambigüedad e indefinición», tal como ahora se corrige. La ley contempla que las cuencas endorreicas deben ser consideradas cuencas intracomunitarias de la región en la que se encuentran y ajenas por tanto a las cuencas intercomunitarias como es el caso del Júcar que pasa por varias provincias.

Castilla-la Mancha negó el carácter endorreico de estas cuencas y exigió la exclusión de la demarcación Júcar de todos los ríos que desembocan en el mar sin vinculación física con el Júcar, lo que excluía incluso al Turia y a la Albufera de Valencia, extremo este al que se opuso la Generalitat.

La rectificación es un paso adelante importante pero no definitivo, según apuntaron ayer Antonio Rico, director del Instituto de Geografía de la Universidad de Alicante y Andrés Martínez, presidente de la Junta Central de Usuarios del Trasvase Júcar-Vinalopó, quien esta misma semana trasladará a la Confederación Hidrográfica del Júcar que la modificación del decreto quede reflejada en el nuevo documento del plan del Júcar. Antonio Rico apuntó, por su parte, que «lo que no es de recibo es que las cuencas endorreicas del sur de Albacete tuvieran derecho a recibir 150 hm3 y Alicante siga peleando por un trasvase justo. Y, por otro lado, no se a qué viene tanta prioridad para regar cultivos subvencionados por Bruselas que incumplen una condición de la Política Agraria Común, como es que son cultivos que están utilizando caudales de un acuífero sobreexplotado por lo que causan un daño ambiental».

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