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Declaran ilegal el complejo turístico de El Plantío por carecer de licencia

La sentencia, que ratifica un fallo anterior, no aclara si es posible legalizar las edificaciones o si deben demolerse

Panorámica del complejo turístico de El Plantío, en la partida del Bacarot. rafa arjones

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana declara ilegal el complejo turístico de El Plantío al ratificar la anulación de la autorización municipal para su construcciónanulación de la autorización municipal . El fallo, sobre el que no cabe recurso, ratifica una sentencia anterior y deja en el aire las posibles consecuencias. Diferentes fuentes jurídicas coinciden al apuntar que ahora cabe estudiar la posibilidad de legalizar el complejo, con la tramitación de una nueva licencia ajustada a la Declaración de Interés Comunitaria (DIC) que el Consell concedió en 1993. Las mismas fuentes señalan que, en caso de no poder legalizarse, el complejo quedaría abocado al derribo total o parcialmente. Una opción que, según afirman, es la menos deseable para las arcas municipales porque podría llevar aparejado el pago de una indemnización.

El TSJ rechaza los recursos del Ayuntamiento y de El Plantío (Finca Lo Cirer) en contra de una sentencia anterior de un juzgado de lo Contencioso de Alicante del año 2011 que daba la razón al PSOE al anular la autorización municipal para el complejo y asegurar que la actuación carecía de licencia.

La construcción del complejo turístico sobre terrenos no urbanizables viene generando polémica desde que en 1993 la Generalitat le concediera la Declaración de Interés Comunitario (DIC). En el año 2006, a instancias de los socialistas, una sentencia anuló la licencia municipal de obra a la mercantil (fechada en 2005) porque permitía una edificabilidad de 22.500 metros cuadrados frente a los 14.500 que se deducían de la DIC. Las obras se paralizaron y en septiembre de 2007 (un año antes de que la sentencia fuera firme) el Ayuntamiento de Alicante firmó un decreto para permitir la reanudación de la construcción reduciendo la edificabilidad en 8.000 metros cuadrados para adaptarse al fallo judicial. Esa segunda autorización se tramitó como una modificación de la de 2005 y no desde cero como si fuera una nueva licencia. La sentencia del año 2011 ratificada ahora por el TSJ entendía que la empresa ni tenía la licencia de 2005 (anulada por sentencia firme) ni ninguna otra porque el permiso municipal de 2007 no constituía la concesión de una licencia como tal, sino de una modificación de la primera anulada. «La invalidez de un acto implica la de los sucesivos que sean dependientes del primero», se recogía en el fallo, que fue recurrido por el Ayuntamiento y Finca Lo Cirer ante el Tribunal Superior de Justicia.

«A toda costa»

El alto tribunal rechaza ambos recursos y ratifica la sentencia anterior que declaraba sin licencia el complejo turístico. El fallo, al que ha tenido acceso este diario, respalda las resoluciones judiciales anteriores y considera que «las administraciones, local y autonómica, sin consideración a los fundamentos de la sentencia dictada en esta sala y a los informes de los técnicos municipales, querían legalizar 'a toda costa' una actuación urbanística declarada ilegal, sin tener en cuenta de nuevo los condicionantes de la DIC, repitiendo las mismas interpretaciones erróneas favorables a la concesión de licencia que ya fueron enjuiciadas por esta sala».

La resolución alude también a la «ausencia de informes técnicos favorables» y concluye que el decreto de la Concejalía de Urbanismo de septiembre de 2007 que adaptaba el proyecto de construcción del complejo «no es conforme a derecho, puesto que convalía (sic) una licencia declarada nula por sentencia firme, reiterando los mismos vicios por la que fue declarada nula el complejo turístico propuesto en sentencia firme: carecer de cobertura previa y preceptiva en la DIC, por cuanto al obra proyectada cuya licencia se interesa no se identifica, ni en superficie, ni en edificabilidad, ni en la actividad, a la contrucción amparada por la DIC». Por todo ello, rechaza los recursos de Ayuntamiento y empresa, a quienes se impone el pago de las costas a partes iguales.

Este diario intentó recabar, sin éxito, la opinión de los responsables de El Plantío sobre el fallo.

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