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Madrid obliga a una estancia mínima de cinco noches

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid acaba de aprobar el decreto de regulación de Apartamentos Turísticos y de las Viviendas de Uso Turístico cuya principal novedad es que se fija una estancia mínima de cinco noches, teniendo en cuenta que el alojamiento en hoteles registra una media de dos noches, según recogió esta semana el diario turístico online Hostertur.

A finales de mayo, el Ejecutivo autonómico envió al Consejo Consultivo el proyecto con las normas por las que se deberían regir esta modalidad de hospedaje. La nueva normativa pretende actualizar la legislación sobre los apartamentos turísticos, que ya estaban regulados, y legalizar el funcionamiento de las viviendas de uso turístico. El objetivo es proteger los derechos de los usuarios, acabar con la competencia desleal y el intrusismo y fomentar el empleo. El decreto define dichas viviendas como alojamientos que se ofrecen al público de forma integral (no por habitaciones), englobados en una sola categoría. Deberán estar inscritas en el registro de empresas turísticas y mostrar una placa distintiva y precios.

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