Como si de una ficha de dominó imaginaria se tratara, el proyecto urbanístico más ambicioso de la ciudad de Alicante ha caído dos veces. La sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad (TSJCV) ha emitido una segunda sentencia anulando la homologación y el Plan Parcial del sector Lagunas de Rabasa de Alicante aprobado en 2009 por la Conselleria de Medio Ambiente, así como su adjudicación a la empresa Viviendas Sociales S.L. del Mediterráneo, de Enrique Ortiz. El macroproyecto urbanístico preveía la construcción de 13.500 viviendas así como la instalación de la multinacional Ikea.

Si ayer este diario publicó el fallo del TSJ estimando el recurso de Tejas Cobert, una nueva sentencia de la misma fecha (30 de abril) conocida 24 horas después se ratifica en su decisión de anular el Plan Rabasa. Sin embargo, el nuevo fallo destaca, además de la falta de publicidad para seleccionar al agente urbanizador, la ausencia de garantía de los recursos hídricos.

Este segundo fallo se pronuncia sobre el recurso contencioso administrativo presentado en 2009 por dos particulares contra la Conselleria de Urbanismo, Viviendas Sociales del Mediterráneo, Ayuntamiento de Alicante y la mercantil Deproinmed. Este recurso alegaba, además de falta de publicidad por no anunciarse el procedimiento de selección de agente urbanizador en el Diario Oficial de la Comunidad Europea (DOCE), falta de agua con base en la ausencia de un informe de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) asegurando el suministro para una población estimada de 30.000 personas.

Una "sinrazón"

El recurso de estos particulares también pedía al TSJ que considerara que no era "razonable" una "transformación urbanística como la que se pretende, de 4 millones de metros cuadrados y 13.503 viviendas, a través de un plan parcial de iniciativa privada al margen del Plan General". Entre otros puntos, también se solicitaba al tribunal que atendiera a "las partidas improcedentes en la proposición jurídico económica, la no inclusión de previsión de las indemnizaciones a los propietarios, falta de garantías de la promoción de viviendas protegidas" y cuestiones relacionadas con el aprovechamiento. También aducía falta de interés general para dotar de uso deportivo una parcela privada de 78.000 metros cuadrados para uso terciario con adjudicación y gestión privada.

En cuanto al agua, la sala, de la que ha sido ponente la magistrada Estrella Blanes, recurre a la doctrina jurisprudencial para justificar que la falta del informe de la CHJ supone entender que los recursos hídricos no están garantizados. El tribunal sostiene que el citado documento es necesario, algo que el Ayuntamiento de Alicante no entiende así. Tampoco da la sala por hecho que el informe favorable de la CHJ para el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que aportó el Ayuntamiento pueda convalidar la falta del requerido a la Confederación. El TSJ ya ordenó paralizar cautelarmente el Plan Rabasa por falta de recursos hídricos y levantó esa suspensión posteriormente.

Tanto propietarios de suelo, como la Plataforma de Iniciativas Ciudadanas (PIC), el PSOE y EU presentaron sus recursos contenciosos atendiendo a fundamentos bastante similares (aunque cada uno también contó con sus particularidades), que han sido analizados por el TSJ, lo que hace prever que el resto de fallos pendientes irán en la misma línea. Esto supondría un total de cinco sentencias rechazando el Plan Rabasa. De momento, oficialmente ya son tres propietarios de suelo los que han tumbado el macroproyecto urbanístico, a falta de las sentencias sobre los recursos de la PIC, PSOE y EU. Entre los propietarios, tal y como adelantó INFORMACIÓN, está Tejas Cobert, una sociedad perteneciente al grupo Uralita con terrenos en Rabasa ocupados por la fábrica de tejas que todavía puede verse pese a su inactividad. Desde la empresa rehusaron hacer declaraciones sobre el fallo pese a ser éste a su favor. Vecinos de Rabasa señalaron ayer que esta firma había llegado a acuerdos para su venta a Ikea.

Contra las dos sentencias cabe recurso ante el Tribunal Supremo, pero fuentes judiciales indicaron que el tiempo de entre dos a cuatro años que habría que esperar para conocer el nuevo fallo lo hace inviable y poco práctico.

En esta segunda sentencia cabe destacar, de nuevo, el voto particular del magistrado Edilberto Narbón, que ya se opuso al fallo de la mayoría junto a la magistrada Desamparados Iruela en el recurso presentado por Tejas Cobert. Para Narbón, sí hubo publicidad del plan parcial y no se justifica la ausencia de agua.