Un total de 3.557.506 electores de la Comunitat Valenciana podrán votar en las elecciones a Cortes Generales el próximo 20 de noviembre, según los datos del Instituto Nacional de Estadística, consultados por Europa Press.

De estos electores en la Comunitat Valenciana, un total de 3.490.790 serán valencianos residentes en España, mientras que el resto, un total de 66.716 serán electores residentes en el extranjero.

Asimismo, por provincias, Valencia registra un total de 1.920.907 electores; Alicante, un total de 1.222.044 electores y Castellón registra la menor cantidad de electores, con un total de 414.555.

En el conjunto nacional, podrán votar el próximo 20 de noviembre 35.776.615 electores. De esta cifra, un total de 1.519.397 electores residentes en España participarán por primera vez en unas elecciones generales por haber cumplido 18 años desde la anterior votación a Cortes Generales.

Los españoles inscritos en el censo electoral de residentes-ausentes que viven en el extranjero deberán solicitar su voto a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente a su inscripción, hasta el 22 de octubre, en el impreso oficial remitido a sus direcciones postales de residencia por esa Oficina y que está disponible en los consulados.

El censo electoral se podrá consultar del 3 al 10 de octubre en los ayuntamientos y en las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral. Los electores residentes en el extranjero podrán comprobar sus datos de inscripción en estas mismas fechas en los distintos consulados.

La consulta puede hacerse por medios informáticos, previa la identificación del interesado, o bien mediante la exposición material de las listas electorales si no se cuenta con tales medios informáticos.

El plazo para reclamar, si se observa algún error u omisión, es el mismo que el de exposición del censo electoral, del 3 al 10 de octubre. Las reclamaciones se podrán presentar en los ayuntamientos, consulados o en las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral.

A partir del día 24 de octubre la Oficina del Censo Electoral remitirá a cada elector residente en España una tarjeta censal en la que se le indica la mesa en que le corresponde votar, así como el local electoral y su dirección.