Ni la situación es idéntica, ni los delitos que se imputan son los mismos ni el momento en que está el proceso lo permite. La legítima pretensión de los acusados, con el exjefe del Consell Francisco Camps a la cabeza, en la trama valenciana de la red Gürtel de intentar esgrimir en su defensa el auto en el que el juez Pedreira cierra las actuaciones contra el extesorero popular Luis Bárcenas por sus supuestas implicaciones en esta misma trama de corrupción choca con la realidad de que nada ni nadie puede evitar ya que tanto Camps, como el resto de los imputados en el caso de los trajes, se sienten ante de un jurado que determinará si cometieron un delito continuado de cohecho impropio al aceptar las prendas que les regaló Francisco Correa. Lo único que puede variar es la fecha de la vista oral, ya que la petición planteada ahora por el expresidente de la Generalitat para que se anulen parte de las escuchas puede retrasar el juico hasta después de las elecciones del 20-N, única consecuencia práctica que tendrá el recurso de Camps y que nadie a estas alturas duda de que esa sea precisamente su pretensión.

Complicado lindando lo imposible tiene Francisco Camps (así como su otrora mano derecha Ricardo Costa y los otros dos implicados en el caso de los trajes) burlar el trago de someterse a un juicio con jurado para dirimir unos hechos de los que dos de los acusados (el exvicepresidente del Consell Víctor Campos y el alto funcionario Rafael Betoret) ya se han declarado culpables en un intento de evitar una foto que al final se va a acabar disparando.

El auto dictado la semana pasada por el instructor de la trama Gürtel en su vertiente madrileña, Antonio Pedreira, por el que se cierran las actuaciones contra el extesorero del PP y senador Luis Bárcenas al entender que no existen indicios sólidos de los cargos que se le imputan (cohecho, blanqueo de capitales y un delito fiscal ya prescrito) ha sido el clavo ardiendo al que imputados en el asunto de los trajes se han aferrado no sólo para criticar que "existan dos varas de medir" lo que consideran "mismos hechos", que no lo son, sino para reclamar que los argumentos que han salvado a Bárcenas (exculpación que va a ser recurrida por la Fiscalía) sean aplicados en su defensa, algo que, como ahora se verá, tampoco es factible.

Al hecho irrefutable de que los cargos se les imputan a Camps y a Bárcenas no son los mismos se unen los errores de bulto que contiene el auto de Pedreira y que hacen que no como tabla de salvación para los imputados valencianos.

Argumentos.

"Como senador, recoge el auto del magistrado, Luis Bárcenas no puede realizar actuaciones que comprometan a la administración pública, pues esto sólo lo puede hacer la propia Cámara y no él a título individual. En este sentido, el Tribunal Supremo ya se ha pronunciado del mismo modo en relación a Ricardo Costa en su sentencia 478/2010 de 17 de mayo señalando en definitiva que el parlamentario no reune las condiciones exigidas en el delito de cohecho".

Yerra el juez Pedreira al dar categoría de sentencia a lo que sólo es el auto por el que el Supremo ordenaba al TSJ de la Comunidad reabrir el caso de los trajes que había cerrado nueve meses antes. Con lo que ni tan siquiera se podría esgrimir como jurisprudencia, en el supuesto de que se pretendiera, ya que sólo la sientan las sentencias del Supremo.

Pero es que, además, lo que el Alto Tribunal resolvió en aquel auto fue que el asunto de la rama valenciana del Gürtel fuera devuelto al TSJ de Valencia para que el juez Flors prosiguiera con su instrucción por un presunto delito de cohecho impropio, tipo penal que únicamente implica el hecho de recibir prebendas sin que sea preciso que existan contraprestaciones a cambio. Y de lo que está acusado Camps es de un delito continuado de cohecho impropio y no de cohecho, que era el cargo se le imputaba a Bárcenas.

No acaban aquí las diferencias entre el expresidente y el extesorero. En otro punto del auto precisa Pedreira que "el señor Bárcenas ha acreditado documentalmente tanto ante el Tribunal Supremo como ante este instructor el pago por parte de los viajes contratados con la mercantil Pasadena Viajes y demás agencias del Grupo Correa. (...) No existe prueba de que tales pagos hayan sido abonados por el propio Grupo Correa. En cualquier caso, no siendo el señor Bárcenas cargo público, sería irrelevante que se le hubiese invitado a dichos viajes".

A esta contundencia, que forma parte del argumentario de la exculpación del extesorero, cabe contraponer la también rotunda afirmación con que el Supremo ordenó a TSJ reabrir la investigación sobre Camps al ratificar en el citado auto de mayo de 2010 que la red corrupta de Francisco Correa regaló trajes a Camps de forma "repetida" por su condición de "cargo público".

La situación procesal.

Tampoco los tiempos ni la situación procesal presenta similitudes entre la causa del extesorero y en la que está imputado Camps. En este caso, el hecho de que ya se haya acordado la apertura de juicio oral reduce al mínimo las maniobras de la defensa a la hora de plantear nuevas aportaciones que, dado el momento en que se encuentra el proceso, se plantearían ante el magistrado que presidirá el jurado (Juan Climent) y no ante el que se ha encargado de la instrucción (José Flors). La exculpación de Bárcenas, por contra, ha llegado cuando ni tan siquiera se había formulado una acusación formal con él.

El jurado.

Pero es que, en el supuesto de que los argumentos que exculpan a Bárcenas se expusieran en el transcurso del juicio, tampoco el jurado podría tenerlos en consideración para su veredicto habida cuenta de que a los miembros del tribunal no se les pueden plantear cuestiones jurisprudenciales sino preguntas concretas tipo test, del estilo de si creen que Correa le regaló los trajes a Camps o si piensan, en función de lo expuesto en la vista oral, que ha quedado acreditado que el expresidente, como él mantiene, los pagó.