Enrique Ortiz, en representación de Viviendas Sociales del Mediterráneo, la empresa adjudicataria del plan parcial de Rabasa, ha solicitado al Ayuntamiento que las zonas de tránsito entre los comercios del futuro centro comercial que acogerá a Ikea no computen ni como sala de ventas ni a efectos de edificabilidad. Ortiz conseguiría así destinar más espacio a los locales comerciales.

La petición del empresario alicantino es consecuencia de un informe de la Gerencia Municipal de Urbanismo referido a aspectos técnicos de la futura zona de Rabasa que acogerá al centro comercial de Ikea. En dicho informe se indica que los pasillos y zonas de tránsito entre los establecimientos comerciales que se integrarán en dicho centro comercial no computarán a efectos de edificabilidad, pero sí lo harán como sala de ventas "a los efectos del artículo 95,3 del vigente Plan General de Ordenación Urbana". Dicho artículo, como es sabido, es el que regula al actividad comercial en la ciudad.

Enrique Ortiz discrepa abiertamente de este informe ya que su contenido significa una reducción de las salas de ventas de los locales del futuro centro comercial, puesto que a la superficie comercial autorizada se tendrá que descontar la totalidad de los metros edificables que sumen todas las zonas de tránsito.

En su respuesta a la Gerencia Municipal de Urbanismo, Viviendas Sociales del Mediterráneo, en un escrito firmado por el propio Enrique Ortiz, expresa la "aparente incoherencia" del informe municipal porque "no parece lógico que compute como sala de ventas algo que no computa a efectos de edificabilidad".

Ortiz añade en su escrito que el cómputo como sala de ventas de los espacios de tránsito entre locales comerciales integrados en establecimientos comerciales colectivos, como será el caso del centro comercial de Ikea, sólo se hace para determinar la categoría del mismo, para saber si se trata, por ejemplo, de un pequeño comercio, una mediana o una gran superficie u otras categorías de comercio.

Ortiz concluye su escrito pidiendo al Ayuntamiento que aclare la situación y que concrete que las zonas de tránsito entre locales comerciales no computan "tal como establece el artículo 54 del PGOU, sin que lo dispuesto en el artículo 95 pueda interferir en esta interpretación".